Abogado Ricardo Bravo: “Narcotráfico real no hay en la región”

El
abogado Ricardo Bravo Cornejo ha desarrollado casi toda su trayectoria
en el norte del país. Ha participado en causas que involucran a una
banda de Petorca que le incautaron más de 50 kilos de droga y
allanamientos simultáneos que se transmitieron en los canales
nacionales.

El
también profesor universitario se ha involucrado en causas de
Magallanes. Desde el año pasado representó a dos trabajadores
porturarios que traficaban en los terminales marítimos de Punta Arenas.
Actualmente defiende a un imputado por ingresar drogas a la cárcel local
a través de un dron.

El
abogado habló sobre la aplicación de la Ley de Drogas en la región. A
su juicio, existe una diferencia de criterio respecto de la calificación
del delito con el resto del país.

“Las
cantidades que se dan en esta región son menores. La mayoría de las
causas van a ser miradas por lo general en otro lugar como microtráfico.
Acá se busca calificar de narcotráfico, pero narcotráfico real no hay
en la región”.

En
el caso del tráfico portuario, los imputados fueron condenados a penas
efectivas en primera instancia por tráfico de drogas. Sin embargo, la
Corte de Apelaciones de Punta Arenas revocó esa sentencia y otorgó la
libertad vigilada intensiva.

Según el defensor, la revocación del tribunal de alzada se debe a que “la Corte tiene una visión
a nivel nacional, pero los jueces no. No es lo mismo 70 gramos de
clorhidrato de cocaína en Punta Arenas a lo que es Arica. Allá 400
gramos son una posibilidad de microtráfico, porque allá se ven causas de
200, 300 kilos, lo que acá no se ve”.

Otra
diferencia que distingue el abogado es el tiempo empleado por las
bandas en Magallanes para traficar la droga, en comparación al resto del
país.

“La
PDI y Fiscalía han trabajado súper bien porque son rápidos. Acá no hay
un tráfico que puede durar años, como sí se da en otras regiones. Allá
puede durar dos o tres años con ventas masivas; acá duran un año y se
desbaratan”, dice Bravo.

Esta diferencia sería importante para que los jueces distingan si la conducta ilícita corresponde a tráfico o microtráfico de drogas.

“El
bien jurídico protegido es la salud pública, entonces los jueces ven
cuánto tiempo afectó esto a la salubridad pública. También a cuantas
personas pudo impactar. A raíz de eso se sacan los criterios”, explica
el defensor.

Otro
criterio para distinguir si el delito es la pureza de la droga: “Entre
menos pureza, más ha tenido que aumentar la dosis. Por tanto, esos 300
gramos no son 300 gramos, pueden ser 80 gramos, pero se mezcló con otros
elementos para llegar a esa cantidad”, dice Bravo.

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