Lo anterior, se debe a que
desde el 22 de octubre en adelante esta ley entrará en vigencia para todo el
territorio nacional, donde el Ministerio de Salud valoró que también contempla
un pequeño aporte para saldar una deuda pendiente del Estado en materia de
dignidad y de respeto a la diversidad.
Por su parte, la agente
regional (s) de la Superintendencia de
Salud, Daniela Mora, afirmó que “A contar del 22 de octubre, entra en vigencia el acuerdo de Unión Civil y esto trae una
modificación importante, por cuanto los convivientes de hecho podrán ser
considerados cargas legales y deberán
ser incorporados a los planes de salud tanto de Isapres como Fonasa. Esto tiene
mucha importancia, porque hasta antes de la ley, los convivientes no podían ser
incorporados a los planes de salud pero en este caso las isapres estarán
obligadas a incorporar a los convivientes como cargas legales”.
Mora añadió en este sentido
que “otra de las modificaciones, es que las mujeres podrán incorporar a sus
maridos dentro de sus planes de salud sin necesidad de que la Isapre pueda
rechazarlo y Fonasa de igual modo. En cuanto a los requisitos para optar a este
beneficio es haber firmado el acuerdo de Unión Civil y es un documento que
emite el Registro Civil y a la vez hay que presentar una declaración jurada
indicando que se están cumpliendo los requisitos pare ser carga legal”.
Nueva Regulación
La autoridad regional,
Daniela Mora puso énfasis en que esta nueva regulación destaca que: se puede incorporar
al conviviente civil como carga en Isapre y ésta está obligada a aceptarlo; la
incorporación del conviviente civil en Fonasa será automática, una vez que se
acrediten los requisitos; se puede incorporar como carga a un conviviente
civil, mujer u hombre, sin que sea necesario que éste sea inválido; y
finalmente puede incorporarse como carga a un/a conviviente civil del mismo
sexo, como un derecho, no sujeto a la voluntad de la aseguradora.