Cinco puntos esenciales de la Reforma Tributaria que afectan a las personas

El
Presidente, Gabriel Boric, y el ministro de Hacienda, Mario Marcel,
presentaron formalmente el viernes, la propuesta de Reforma Tributaria
con la que el Gobierno busca financiar su agenda social, al recaudar 4,1
puntos más del PIB en régimen, unos 12 mil millones de dólares. La
iniciativa ingresará esta semana al Congreso y contempla descuentos
tributarios, aumento de impuestos para los sueldos y los patrimonios más
altos, eliminación de exenciones, combate a la elusión, mayor
fiscalización y un royalty minero.

1.- Descuentos tributarios.

Arriendos.-
En lo que respecta a la clase media, habrá beneficios para quienes
pagan arriendo. Al contribuyente, se le permitirá deducir de su base
imponible, el arriendo que pague, hasta $450 mil. Si alguien paga, por
ejemplo, $800 mil puede deducir los mismos $450 mil, pero debe pagar
impuestos por los restantes $350 mil.

El
ministro Mario Marcel entregó este ejemplo: “Si una persona con un
ingreso imponible de un millón 200 mil pesos, destina $450 mil a pagar
un arriendo, el pago de impuestos personales, se calculará solamente
sobre $750 mil, por lo que quedaría exenta de impuesto a la renta”.

Marcel agregó que “es para arriendos de cualquier valor, los $450 mil es el límite de lo que se puede rebajar”.

Para
hacer uso de este beneficio, la persona debe llevar una declaración
jurada al SII, donde detalle el valor del arriendo y el tipo de
inmueble, lo que a su vez, le permite al SII tener datos del dueño del
inmueble, para que pague por esos ingresos. “El arrendador debe
preocuparse de pagar por sus ingresos por arriendo”, dijo el ministro.

En
este apartado también se cuentan los cuidados personales. Habrá
exención (descuento) para quienes cuidan a menores de dos años o
personas con dependencia severa o incurren en gastos por este concepto
con un tope de $550 mil al mes, que se podrán deducir de la base
imponible del impuesto global complementario. Las mujeres que no reciben
ayuda para el pago de sala cuna, por parte de sus empleadores, también
pueden descontar este gasto de sus impuestos.

2.- Riqueza e ingresos Tramos de sueldos.

Aumenta
el gravamen para quienes obtienen ingresos mensuales de más de cuatro
millones de pesos. Lo que rige actualmente y que se mantiene es lo
siguiente: Si una persona gana hasta $777 mil no paga impuesto global
complementario. Si obtiene entre $777 mil y $1.727.000, debe pagar
tributo del 2,2 por ciento. Para ingresos entre $1.727.000 y $2.878.000,
el impuesto que se paga es del 4,5% y entre $2.878.000 y $4.030,000,
paga el 7,1%.

A
partir de este tramo, la reforma tributaria establece alzas: ingresos
entre $4.030.000 y $5.181.000 tributarán 11,3%, entre $5.181.000 y
$6.331.000 (15,6%), de $6.331.000 a $8.057.000 (20,8%) y quienes
obtienen rentas de más de $8.057.000, deben pagar impuestos del 43%
(tasa máxima).

3.- Altos patrimonios

El
impuesto a los altos patrimonios “se aplicará a un número muy reducido
de contribuyentes evitando afectar a sectores medios y facilitando la
labor del SII”, explicó el ministro de Hacienda y agregó: “Se propone un
impuesto a la riqueza al cual quedan sujetas las personas naturales con
domicilio o residencia en Chile, por su patrimonio, tanto en Chile,
como en el extranjero, que exceda de cinco millones de dólares”.

Patrimonio
hasta US$ 4,9 millones (6 mil Unidades Tributarias Anuales) quedan
exentos. Entre US$ 4,9 millones y US$ 14,7 millones, paga 1% y más de
US$ 14,7 millones, tributan el 1,8%. Se calcula que 6.300 personas
quedarán gravadas con este impuesto.

4.- Término de beneficios

Créditos
hipotecarios. Actualmente, no hay límite entre la deducción de
intereses por créditos hipotecarios. Estos se descuentan sin importar la
cantidad de créditos que tenga una persona. Con la reforma, el
beneficio se limita a solo un crédito hipotecario.

Fin
de beneficios para DFL 2. Los dueños de viviendas DFL 2 que contaban
con exención tributaria por arriendos, ahora deberán tributar con base a
la Ley de Renta. “Todos los ingresos generados por arriendos de
inmuebles estarán gravados con impuestos, eliminando la exención
otorgada a los DFL2”, informó el Gobierno.

El
denunciante anónimo tributario. Se creará un registro de beneficiarios
finales que reciben utilidades que genera cada empresa, para fortalecer
la fiscalización del SII y se establece la figura del denunciante
anónimo tributario.

5.- Pymes

“Vamos
a agregar incentivos tributarios al pago de facturas en 30 días, un
tema que ha sido planteado muchas veces por las organizaciones de las
Pymes”, dijo el ministro Marcel. Los nuevos emprendimientos tendrá un
crédito especial de IVA en el primer año de operaciones que será
gradual: equivalente al 100% del impuesto a pagar en el primer
trimestre, del 50% por el segundo trimestre y de 25% por los siguientes
seis meses, totalizando así 12 meses de beneficio tributario.

También
podrán acceder al incentivo tributario en investigación y desarrollo,
al poder utilizar el 35% del gasto en este concepto como un crédito
contra el impuesto de primera categoría. Si su resultado anual es
negativo e invirtió en investigación y desarrollo, el crédito será
reembolsable.

Si
tienen deudas tributarias, las pymes accederán a una tasa de interés
rebajada de 1% (lo normal es del 1,5%) y adicionalmente cuando realicen
convenios de pago por hasta 12 meses, las cuotas de dicho convenio no
tendrán intereses.

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