Aliro Quezada es un conocido profesor magallánico de larga data. Ha tenido varias generaciones de alumnos.
Su
carrera docente la ha realizado en diversos colegios como profesor de
música, inspector y en altos cargos directivos. En los últimos años se
desempeñó como jefe del Departamento de Educación de la Secreduc
Magallanes y durante el gobierno anterior con la llegada de Rodrigo
Sepúlveda a la Seremi de Educación,
Quezada fue nombrado jefe de gabinete. Luego asumió como supervisor de
la Dirección Provincial de Educación, cargo que debería cumplir hasta
diciembre del año en curso.
Pero por medio de carta de fecha 10 de marzo de 2022 -ingresada por Oficina de Partes con fecha 17 de marzo- manifestó su intención
de renunciar al cargo, una vez que hubiera hecho uso del feriado legal
que se encontraba gozando. Este documento fue complementado por medio de
una misiva, recibida por ese servicio el 13 de mayo de 2022, a través
de la cual precisaba que la data en que se haría efectiva su dimisión
sería el 7 de julio.
Posteriormente,
mediante resolución exenta N° 472, de 31 de mayo 2022, la Secretaría
Regional Ministerial de Educación aceptó la renuncia desde la fecha
indicada en su presentación, documento que fue registrado el Sistema de
Información y Control de la Administración del Estado -SIAPER- en esa misma fecha.
Este
acto administrativo fue puesto en la oficina de Correos de Chile con
fecha 7 de junio para que sea entregado en el domicilio del interesado.
No obstante, a través de una comunicación de fecha 6 de junio e
ingresada a la Oficina de Partes con la misma data, Quezada hizo
presente a la autoridad su intención de desistirse de la renuncia
presentada.
Según
el actual dictamen de Contraloría, “adicionalmente, es pertinente
anotar que mediante la resolución exenta N°40, de 2022, de esa Seremi,
se concedió feriado legal al señor Quezada entre el 2 de mayo y el 6 de
julio pasado. De la información consignada es posible apreciar que,
efectivamente la renuncia que se analiza tenía una fecha cierta en que
se produciría y que, además, la comunicación de la retractación de la
renuncia se produjo en un momento previo a esa data”.
Contraloría
asegura que “resulta pertinente señalar que “a la fecha en que se
efectuó la retractación de la renuncia, Quezada seguía desempeñándose en
el servicio y solo se encontraba haciendo uso de su feriado legal. Como
se desprende de lo anterior, en este caso no se cumplen las condiciones
excepcionales que la jurisprudencia de esta Entidad Fiscalizadora ha
previsto para que el desistimiento de la renuncia no sea eficaz, a pesar
de que se haga antes de la total tramitación del respectivo acto
administrativo que la haya aceptado”.
El
dictamen de Contraloría concluye que “atendido a que no se advierten
nuevos antecedentes que permitan alterar lo resuelto en el oficio cuya
reconsideración se solicita, se debe desestimar la solicitud de
reconsideración de la especie. Consecuentemente, corresponde que esa
SEREMI cumpla la instrucción contenida en el oficio N° E252201, de 2022,
en orden a dar curso a la solicitud del señor Quezada Vivar,
regularizando su situación funcionaria. De lo anterior, deberá dar
cuenta a esa Sede Regional en el plazo de 10 días contados desde la
recepción del presente oficio”.