Fue
en la madrugada del 16 de junio cuando Abel Isaac Maragaño Amolef de 40
años fue agredido hasta el borde de la muerte, falleciendo
posteriormente en el Hospital Clínico de Magallanes. Tras la brutal
agresión, los imputados prendieron fuego a la mediagua en la que se
encontraba para ocultar el delito.
Aquello
ocurrió en calle Enrique Abello, sin número, siendo un sitio eriazo
entre la Avenida Eduardo Frei y calle Los Acacios, Punta Arenas.
Producto
de lo anterior, fueron detenidos Heriberto Aurelio Carrasco Arce y
Felipe Andrés Astorga Acuña, a los que se les formalizó por homicidio
calificado obrando con alevosía, incendio y lesiones menos graves.
Debido a la brutalidad del actuar de los sujetos, la gravedad de las
penas que los delitos de homicidio calificado e incendio tienen,
bastaron para que el juez de turno acogiera la solicitud de prisión
preventiva, mientras dure la investigación, para lo cual se fijó un
plazo de 150 días.
Recurso
Tanto los imputados como la víctima habitaban en un terreno que no les pertenecía, de hecho, tenían tomado ese espacio.
El
dueño del lugar es Comercial e Inmobiliaria Ene S.A., la cual en la
Corte de Apelaciones de Punta Arenas, presentó un recurso de protección
en contra de Heriberto Aurelio Carrasco Arce, Felipe Andrés Astorga
Acuña y una tercera persona donde no se especifica el nombre, pero
posiblemente sea la víctima de homicidio, Abel Isaac Maragaño Amolef, ya
que también vivía en el mismo sector.
El
escrito indica que el terreno fue adquirido “por la inmobiliaria como
una inversión, para la construcción de viviendas, siendo ofrecidos a
constructoras de la zona, negocio que no ha podido concretarse, por
estar ocupados ilegalmente, (…) cerrando el acceso a cualquier persona”.
En
el documento se dice que durante la pandemia se recibieron reclamos de
los vecinos, correspondientes a un sector residencial, informando que
existían algunas personas, que se habrían tomado parte del terreno
colindante.
“Con
fecha 12 de junio de 2023, mi representada tuvo conocimiento de nuevos
hechos gracias al contacto de personas que circulan por caminos cercanos
al terreno, quienes realizaron llamados de alerta inéditos respecto de
la situación, señalando que ahora es masiva la cantidad de personas que
se adentra en el predio con la finalidad de habitarlo, rompiendo las
cercas que mi representada continuamente intenta mantener para delimitar
y morigerar la situación, siendo inútil todo esfuerzo en mantener el
cierre del lugar. Se trataría en definitiva de personas que están
llegando desde zonas cercanas al hospital regional quienes han recibido
noticia sobre el terreno de mi representada
y que pretenden su ocupación”, dice el texto, agregando que
representante de la inmobiliaria fueron al terreno y se encontraron con
personas hostiles, sin la intención de retirarse.
El
recurso fue presentando horas después del homicidio cuando aún no se
había masificado, pero producto del delito y la prisión preventiva
impuesta a los sujetos, “ha provocado que por el momento los mencionados
sujetos no se encuentren en el terreno, pero aquello no obsta a que el
lugar pueda ser concurrido por otras personas con pretensión de ocupar
el lugar, o bien, que las otras personas que frecuentaban el terreno
decidan volver a ocupar el espacio, o incluso los mismos imputados si
fuesen dejados en libertad.
Es
por ello que no dejan de ser extrema la necesidad de cautela sobre el
terreno de mi representada, siendo muy razonable, por lo visto, pensar
que puedan ocurrir otros hechos que pongan en peligro la integridad del
terreno, recordando que incluso prendieron fuego en el lugar, como
también la integridad de los vecinos y las propiedades colindantes”,
indica otro documento presentado en la Corte.