Fuerte presión logra desbloqueo de créditos sociales en caja de compensación

Una contundente protesta realizó el presidente del Sindicato de Asistentes de la Educación, Javier Quintul  ante el gerente de la Caja de Compensación La Araucana, Humberto Casanova, solicitando el desbloqueo de los créditos sociales para sus representados, situación generada por el no pago de la Corporación Municipal a esa institución,  acción que surtió efecto ya que  hoy se cancelarían unos $ 350 millones, regularizando en parte la situación.
Según se pudo saber, la Cormupa desembolsaría hoy unos $ 350 millones para cancelar las deudas del año pasado, deberes impagos que esa institución tiene con la Caja de Compensación La Araucana y que provocó el bloqueo de los créditos sociales de sólo esos trabajadores de la corporación.
El Sindicato de Asistentes de la Educación, a través de Quintul, emplazó a la Caja de Compensación a cumplir con sus obligaciones como administradora de los créditos sociales y exigió el pago a la empleadora, ejerciendo las obligaciones de cobranza a las que está obligada, pidiendo que “termine con los convenios que imponen como condición el congelamiento y el bloqueo de los créditos sociales.
“Los trabajadores pedimos el término de la “bicicleta” con nuestras remuneraciones y que el empleador pague oportunamente sus obligaciones”, dijo Quintul.  
“El sindicato está a la espera de que se cumpla con el pago, pues la cobranza de los créditos sociales está sujeta a los mismos procedimientos y sanciones que el cobro de las imposiciones previsionales, todo sin perjuicio de persistir en el ejercicio de las acciones penales ya iniciadas para que se sancione a los responsables de estos ilícitos y en lo sucesivo no se vuelvan a repetir situaciones que vulneran sus derechos como las ocurridas”, dijo Quintul.
Discriminación
El sindicato además de reunirse con Casanova, el 25 de febrero entregó una misiva la que daba cuenta de la profunda molestia “por la gestión y  la administración de los créditos sociales de nuestros afiliados, que se han visto privados de este beneficio, al ver bloqueados sus créditos sociales por el incumplimiento de nuestro empleador en la retención y pago de las cuotas respectivas. Entendemos que asiste a la Caja de Compensación, la obligación de administrar, respecto de los trabajadores afiliados, el régimen de prestaciones de crédito social, que conlleva la obligación de oportuna  recaudación”, señala y agrega “No obstante, nos hemos impuesto que nuestros trabajadores afiliados se encuentran impedidos de acceder a este beneficio porque nuestra empleadora no ha cumplido con el pago mediante el descuento por planilla”, se lee en la misiva.
El sindicato advierte que ello “no constituye sólo un ilícito” de la Corporación Municipal de Punta Arenas,  “sino que un grave incumplimiento de vuestra institución al conceder toda suerte de facilidades a la deudora, sin los debidos respaldos y en perjuicio de nuestros afiliados. Conforme el artículo 22 de la Ley 18.833, lo adeudado por prestaciones de crédito social a una Caja de Compensación por un trabajador afiliado, deberá ser deducido de la remuneración por la entidad empleadora afiliada, retenido y remesado a la Caja acreedora, y se regirá por las mismas normas de pago y de cobro que las prestaciones previsionales.  En consecuencia, resulta inaceptable que en lugar de perseguir la cobranza respectiva respecto de la empleadora, se le otorguen facilidades en perjuicio del trabajador. (…) En todo caso, se aplicará la ley 17.322 a las obligaciones que las entidades empleadoras afiliadas contraigan con las Cajas de Compensación.  Esto naturalmente importa el ejercicio de las acciones civiles y penales que resulten procedentes”.
La falta de información oficial indicaba que los “bloqueados” eran la totalidad de los trabajadores de la Corporación Municipal de Punta Arenas, pero los asistentes de la educación, expresan por escrito “su indignación”, por ser los únicos a los cuales el bloqueo les afectó, “Nuestra molestia se transformó en indignación, al constatar que el bloqueo de crédito sólo afecta a nuestros afiliados y no a todos los trabajadores de la empresa, lo que constituye una absurda discriminación, pues la empresa es una sola para todos los efectos legales.  No existe fundamento razonable para que una organización sindical sea afectada en desmedro de las otras.  Por tanto, le solicito muy fraternalmente, dada la especial, deferente y antigua relación que hemos sostenido con vuestra institución que resuelva ésta situación a la brevedad, ejerciendo con prontitud las acciones de cobranza en las todas las instancias que correspondan, pues todo entendimiento o convenio informal o al margen de la normativa vigente constituye una grave afectación al derecho de nuestros afiliados”.

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