La
coordinadora regional de Seguridad Pública, María de los Ángeles
Flores, valoró la entrada en vigencia de la ley que sanciona la
organización y participación en carreras clandestinas.
La
autoridad señaló que algunos de los reclamos recurrentes de las vecinas
y los vecinos, en el marco de las reuniones que se sostienen a nivel
territorial, tienen relación con las carreras vehiculares y faltas a la
Ley de Tránsito, que generan un sinnúmero de molestias y riesgos para la
comunidad.
Flores
manifestó que “ahora Carabineros posee más herramientas para poder
fiscalizar y cursar infracciones. Sabemos del esfuerzo que ha efectuado
la institución a nivel regional para controlar y reducir las conductas
temerarias al volante, y ahora con esta ley se podrá abordar la
problemática desde diferentes aristas”.
La
legislación apunta a evitar o desincentivar conductas riesgosas y/o
temerarias de los conductores; aumentar la responsabilidad para quienes
manejen en condiciones peligrosas para la integridad física de las
personas; sancionar a aquellos que organicen y faciliten la práctica de
estas actividades ilegales, y endurecer gradualmente las sanciones
frente a posibles lesiones o resultado de muerte.
El
llamado a respetar la norma no es solo para quienes conducen, sino
también para sus familiares y amigos que pueden promover la
responsabilidad al volante.
La
autoridad agregó que además de evitar ruidos molestos a los residentes
de los sectores que se ven afectados por estas actividades ilegales, se
busca reducir los accidentes de tránsito y bajar los lesionados de
diversa gravedad a raíz de estos eventos.
“En
Punta Arenas los choques y siniestros viales son una lamentable
característica, por ello todas las acciones que se puedan tomar desde el
punto de vista legal para reducir el riesgo y hacer que las personas
tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, son bienvenidas”,
afirmó la coordinadora regional.
Añadió
que siempre la primera recomendación es mantener conductas preventivas y
de autocuidado, donde los riesgos se minimizan para los conductores y
el entorno.
Sanciones a infractores
La
normativa se refiere a la “velocidad temeraria” y se la sanciona
incluso con la suspensión de la licencia. En esta línea, incorpora una
sanción más gravosa (41 a 60 días de prisión) para aquellos conductores
que excedan los 60 kilómetros por hora, el límite de velocidad máximo
establecido en las rutas, vías y caminos.
Se
suman una multa de hasta 10 UTM y la suspensión de la licencia de
conducir de seis meses a dos años en una primera oportunidad; por hasta
cinco años si hay reincidencia, y su cancelación permanente si se repite
por tercera vez. Además, exceder entre 20 y 60 km/h el límite máximo de
velocidad en zonas urbanas y rurales será considerado infracción
gravísima.
Los
conductores que participen de una carrera clandestina recibirán una
pena de presidio menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días) o
multa de 2 a 10 UTM. Si existen lesiones menos graves o graves, la
sanción será de presidio menor en su grado medio (desde 541 días a 3
años) y multa de cuatro a 12 UTM.
En
lesiones más graves se arriesga presidio menor en su grado máximo (3
años y un día a 5 años). En caso de muerte, la pena será de presidio
menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo (desde 3
años y un día a 10 años). En ambas situaciones quedarán inhabilitados
perpetuamente para conducir vehículos.
Del
mismo modo, los organizadores de carreras clandestinas recibirán una
pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y multa de 8 a
20 UTM. Si obtiene algún beneficio económico, arriesga entre 541 días y
3 años (presidio menor en su grado medio) y una multa de 20 UTM.