Tras
cuatro meses de tramitación, el máximo tribunal del país se pronunció
respecto a la situación de Sergio Maldonado Pérez, un hombre de 35 años
que sufre parálisis cerebral y vive postrado en un Establecimiento de
Larga Estadía para Adultos Mayores (Eleam).
Aunque
se había ordenado su retiro del hogar Pepita de Amor por tener menos de
60 años, el máximo tribunal del país dejó sin efecto la resolución. La
sala penal falló que la Seremi de Salud de Magallanes haga
coordinaciones con el Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis)
para que Sergio reciba una atención integral.
“Es
increíble, me sorprende demasiado la noticia, es lo mejor que nos puede
llegar en estas fechas”, dice con emoción su hermana, Makarena
Maldonado Pérez.
Makarena
fue quien ingresó el recurso de protección hace cuatro meses para que
Sergio continuase recibiendo cuidados en el hogar Pepita de Amor. La
acción también era a favor de su hermano Francisco, que vivía postrado
en la misma residencia y falleció durante la tramitación de la causa.
“Me
deja tranquila por mi otro hermano, que tiene una parálisis cerebral.
En la casa de reposo él disfruta, es feliz con los abuelitos al lado.
Nos deja tranquilos que pueda estar ahí sin tener que pelear contra
nadie”, dice Makarena.
Ella
cuidó en su domicilio a los pacientes durante años. Aunque recibía el
apoyo de su padre, a este le detectaron un cáncer renal en etapa IV. Su
madre –que tiene 65 años– también requiere de cuidados exclusivos, pues también sufre de ataxia y se encuentra en silla de ruedas.
En
la búsqueda por residencias se topó con la casa Pepita de Amor, que le
cobraba 1,5 millones al mes por sus dos hermanos y su madre, quienes
recibirían todos los cuidados necesarios.
Todo
marchó bien hasta el 3 de agosto. El hogar fue fiscalizado por la
Seremi de Salud y Senama, que resolvieron retirar a los dos hermanos del
hogar. Según una norma reglamentaria, en los Eleam solo pueden vivir personas mayores de 60 años.
Tran
interponer un recurso, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas le dio
la razón a Makarena y resolvió que la decisión adoptada por la Seremi y
Senama atentaba contra derechos constitucionales.
Sin embargo, el servicio de adultos mayores apeló a la Corte Suprema bajo el argumento de que los Eleam
“no son centros de salud ni hospitales, son viviendas colectivas en que
viven personas mayores con dependencia física o cognitiva”.
En
el máximo tribunal no tuvieron mejor suerte. La sala penal resolvió que
“para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las
personas con discapacidad se torna indispensable una adecuada
coordinación del Servicio de Salud y Senadis, a fin de poner pronto
remedio al arbitrio”.