Querellante recuerda que en Viña del Mar jueces desestimaron la ludopatía

Además, se rechazó la tesis de ludopatía como eximente de responsabilidad penal en contra del imputado, como lo pretendía la defensa. Sobre esta supuesta ludopatía, el Ministerio Público fue claro en señalar que Garriga, quien supuestamente tenía una propensión irreflexiva al juego, durante 10 años tuvo acceso a dinero líquido y nunca perjudicó a su propia empresa, sino que prefirió hacerlo respecto de otras personas.
Consultado el abogado querellante, Dagoberto Arias (en la fotografía), por la similitud de este caso con el de Rubén Vargas, dijo que el fallo le pareció bien “porque deja claramente establecido que la ludopatía no es eximente de responsabilidad, porque no implica inimputabilidad, de que el hombre haya estado privado de sus facultades para discernir lo correcto de lo incorrecto y por eso es penalmente responsable por lo que hizo”, refiriéndose al ex tesorero.
“Además, el Tribunal Oral de Viña del Mar estableció que tampoco puede ser considerada una atenuante. Y si bien no es un fallo que resuelve el problema suscitado acá, es un principio que esperamos que sea replicado por la futura sentencia del tribunal”.

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