Corte Marcial rechaza libertad bajo fianza de Fuente-Alba

La
Corte Marcial rechazó libertad bajo fianza del ex comandante en Jefe
del Ejército, Juan Miguel Fuente-Alba, procesado por malversación de
caudales públicos, así también como un recurso de amparo interpuesto por
su defensa.

De este modo, el tribunal confirmó la resolución de la
ministra del caso, Romy Rutherford, quien ordenó la reclusión del
militar en el Batallón de Peñalolén tras considerarlo como un peligro
para la seguridad de la sociedad.

Informó
Emol que el recurso tenía como fin dejar sin efecto las declaraciones
entregadas por el ex uniformado a la ministra a cargo de la causa, Romy
Rutherford, quien señaló en el encausamiento que este había admitido el
uso de gastos reservados. En el documento se acusó que la jueza sostuvo
extensas jornadas de toma de testimonio, alcanzando, de manera
ininterrumpida, casi 11 horas. Por ello, la ex autoridad no habría
tenido descansos, ni tiempo para alimentarse. Se acusó también que estas
diligencias se realizaran sin la presencia sus abogados.

Ante ello, la
ministra emitió un duro informe donde rechazó todas las alegaciones,
indicando incluso que esta sería una maniobra para invalidar los
testimonios que permitieron, entre otras evidencias, encausarlo por una
malversación de casi $3.500 millones. “Se realizan aseveraciones que más
bien parecen ser una creación destinada a justificar el contenido de
las declaraciones vertidas por el inculpado ante el tribunal (…)
pareciera que estas deposiciones no se ajustan a las expectativas de la
defensa, único móvil que podría llevar a la infrascrita a comprender las
imputaciones que graciosamente se formulan”, señaló la ministra.

Frente
a esto, los ministros Hernán Crisosto, Carlos Gajardo, Fernando
Paniagua y Jaime
Elgueta descartaron un
actuar ilegal de la ministra en el caso, indicando que la decisión de
prescindir de la presencia de los litigantes en sala donde declaró “se
ajustó a la normativa que es aplicable a la investigación que se sigue”.


Se consideró que el resto de las afirmaciones “no encuentran sustentos
en los antecedentes que se tienen a la vista”, y concluyó: “No puede
dejar de considerarse lo relevante que resulta formular apreciaciones
que, en definitiva, se tornan en imputaciones que afectan el proceder
profesional de una magistrada, sin otro sustento que no sean los meros
dichos de quien, en calidad de imputado, compareció ante ella”.

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