Las diferencias y similitudes del Consejo entrante con la Convención que falló

El miércoles inició sus funciones el Consejo Constitucional que será el encargado de redactar la propuesta de Constitución que será plebiscitada el 17 de diciembre.

Este es el segundo órgano que intentará dar una propuesta constitucional a los chilenos.

Sin embargo, existen diferencias entre este segundo órgano redactor con la extinguida convención.

Algunos han calificado el nuevo proceso como más ordenado y limitado lo cual podría ser positivo al momento en que los distintos consejeros deban ponerse de acuerdo al momento de tener que votar las normas que quedarán escrita en el borrador de nueva Constitución.

A continuación algunas de las diferencias y similitudes.

– Integrantes

155

– Representatividad del pleno

Fue elegida según el modelo de las elecciones a la Cámara de Diputadas y Diputados.

– Paridad

El órgano estuvo integrado de forma paritaria, por 78 hombres y 77 mujeres. La corrección de paridad se realizó a nivel distrital. Cada distrito debía ser paritario

– Remuneración 

50 UTM por cada mes: cerca de $2.600.000

– Tiempos

La primera sesión fue el 7 de julio de 2021, es decir, 52 días después de las votaciones. El Plebiscito de Salida se realizó el 5 de septiembre de 2022. Es decir, un año y casi dos meses después de iniciar su trabajo.

– Votos necesarios para la aprobación de normas constitucionales

Consejo Constitucional

2/3 del total de los miembros, es decir, unos 103 votos. Si lograban mayoría simple -más de 77 preferencias- regresaba a su comisión, para ser revisada y enviada nuevamente al pleno.

-Sistema de apelación

Tribunal Constitucional

– Condicionantes

No podrán postular a cargos de elección popular hasta por un año después de que termine su trabajo

– Comisiones temáticas

Eran siete: Sistema político, gobierno, poder legislativo y sistema electoral. Principios constitucionales, democracia, nacionalidad y ciudadanía. Forma de Estado, ordenamiento, autonomía, descentralización, equidad, justicia territorial, gobiernos locales y organización fiscal. Derechos Fundamentales. Medio ambiente, derechos de la naturaleza, bienes naturales y modelo económico. Sistema de justicia, órganos autónomos de control y reforma constitucional. Sistemas de conocimientos, culturas, ciencia, tecnología, artes y patrimonios.

– Integrantes

50 + 1 escaños supernumerarios destinados al candidato indígena.

– Representatividad del pleno

Se elige un número por región equivalente al de los comicios para senadores.

– Paridad

Está conformada por 25 hombres y 25 mujeres. La corrección de paridad se hizo a nivel nacional, pueden haber circunscripciones no paritarias si a nivel nacional se llegó a 25-25.

– Remuneración

60 UTM por cada mes: cerca de $3.700.000

– Tiempos

La primera sesión de instalación fue el 7 de junio de 2023, es decir, un mes después de las elecciones. El plebiscito de su propuesta se llevará a cabo el 17 de diciembre de 2023. Es decir, seis meses y diez días después de iniciado su trabajo.

– Votos necesarios para la aprobación de normas constitucionales

3/5 partes de los miembros en ejercicio para aprobar e incorporar normas o modificaciones.

– Sistema de apelación

La revisión de las normas aprobadas pasará por un Comité Técnico de Admisibilidad, compuesto por 14 juristas, elegidos por el Senado.

– Condicionantes

Tanto los consejeros constitucionales, como los expertos y árbitros quedarán inhabilitados para postular a cargos públicos hasta la próxima elección presidencial, que será en 2025.

– Comisiones temáticas

Son cuatro: Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado. Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos. Principios, Derechos Civiles y Políticos. Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales.

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