La Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó este jueves la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre Karina Nicole Pillanchín Santander, imputada por el Ministerio Público en calidad de autora de los delitos consumados de robo con violencia, estafa y microtráfico de drogas.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada —integrada por los ministros Juan Villa Martínez y Claudio Jara Inostroza, junto al fiscal judicial Pablo Miño Barrera— rechazó la apelación presentada por la defensa de la mujer. Con esta resolución, la Corte ratificó lo determinado el pasado 15 de julio por el Juzgado de Garantía local, argumentando que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
De acuerdo con los antecedentes expuestos por la Fiscalía durante la audiencia de formalización, la imputada habría desplegado un patrón delictivo sostenido desde marzo. La dinámica consistía en contactar a hombres a través de redes sociales utilizando fotografías de perfil falsas, pactando encuentros íntimos en los domicilios de las víctimas.
Una vez en los inmuebles, la mujer presuntamente vertía dosis de clonazepam en las bebidas alcohólicas de los afectados. El fármaco les provocaba somnolencia, pérdida de la voluntad y, en varios casos, pérdida total de conciencia. En ese estado de indefensión, la imputada registraba las viviendas para apoderarse de tarjetas bancarias, dinero en efectivo, dispositivos tecnológicos y otros bienes de valor, los cuales posteriormente comercializaba en el mercado informal.
El Ministerio Público estimó de forma preliminar que el monto total de lo sustraído y las transacciones fraudulentas supera los $11 millones.
Durante el alegato de apelación, la defensa buscó desestimar la medida cautelar más gravosa, argumentando debilidades en los antecedentes. Sin embargo, los ministros del tribunal de alzada señalaron que las objeciones presentadas corresponden a materias de fondo que deberán ser debatidas durante el juicio oral.
Asimismo, la Corte determinó que en esta etapa procesal se cumplen a cabalidad los requisitos exigidos por el artículo 140 del Código Procesal Penal para mantener la prisión preventiva. Mientras el ente fiscalizador avanza en las pericias para determinar si existen más personas afectadas por esta dinámica delictiva, la imputada permanecerá privada de libertad en el Complejo Penitenciario de Punta Arenas.
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