Estado de excepción constitucional en emergencia y necesidad de modificaciones

En
la década de los 60 se dio cuerpo estructural al Estado de Excepción
Constitucional en Emergencia (EECE), el cual parte de un contexto que es
radicalmente distinto al actual, con bases en los entendimientos de
Guerra Fría y el establecimiento de formas de control absolutamente
distintos dado el desarrollo tecnológico actual y también elementos
distintos presentes en el conflicto contemporáneo.

Es
evidente que muchas cosas han cambiado en más de 50 años, entre ellos
las dinámicas sociales que han conllevado a un eventual estado
gelatinoso y líquido de comprender los movimientos, a pesar de
planteamientos que podemos rastrear hasta Ortega y Gasset, o incluso
antes.

La
actual tecnología disponible ofrece una vinculación y coordinaciones
distintas, en donde posibles herramientas modernas pueden permitir un
mejor actuar de los recursos del establecimiento de orden disponible. En
este sentido, es necesario plantearnos desde la lógica que nos permiten
los diferentes teléfonos inteligentes, en donde el registro y movilidad
de usuarios puede ser rápidamente detectado, generando pruebas para
vincular a delincuentes con circunstancias definidas.

Es
de esta manera que la gran cantidad de registros de saqueos, que hemos
podido ver por medios de comunicación y redes sociales, nos dejan
constancia del uso de estos aparatos, los cuales en su gran mayoría
pueden ser fácilmente detectados y registrados para posteriores
pesquisas, es aquí donde se necesita la entrega de facultades que pueden
resultar claves al momento de realizar indagatorias futuras.

Por
otro lado la organización de hechos, así como de el establecimiento de
una guerra psicológica y comunicacional, (como ha sido la generación de
fakenews y situaciones de desinformación), hacen necesario un control de
este tipo de medios dentro de los contextos que genera un EECE. Es de
esta manera que la dimensión cibernética tiene que considerarse
necesariamente en las facultades que se entregan a las autoridades en la
instauración del orden. Casos de alto conflicto en países tan diversos
como Francia, Libano y Guatemala, por solo mencionar algunos casos han
incorporado la utilización de “apagones de internet”, en donde se ha
comprendido que muchas veces este canal de información ha generado
coordinaciones y mayor inseguridad que los mismos hechos en desarrollo,
generando así espacios de negociación directa y control de masas en
forma eficiente.

Estas
variantes que podemos definir dentro de los que es comprender la
dimensión digital de este tipo de situaciones puede resultar
fundamental, en especial cuando se puede disminuir capacidades de
organización de grupos abiertamente delictivos en actos que buscan el
establecimiento del terror y sobre todo la desinformación.

Sin
embargo debemos comprender que mucho del actuar delictual actual está
basado tanto en componentes teóricos de tipo gramsciano, con variantes
planteadas por Enrique Le Claude, así como formas de organización que
van más allá del orden espontaneó.

Es
por lo cual fundamental contar con nuevas atribuciones para las
instituciones que actúen en el resguardo de la paz y seguridad, para
esto es necesario generar nuevas herramientas dentro de un contexto de
alta tecnología y de inmediatez de información, especialmente
considerando que el establecimiento de imaginarios son parte de un
conflicto latente y que ha amparado a grupos de vándalos organizados que
han dañado en forma sistemática nuestro país e institucionalidad.

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