La discutida Ley SBAP

La
Ley 20.417 de 2010, creó la actual institucionalidad ambiental, la cual
incluye el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental, la
Superintendencia y los Tribunales Ambientales; sin embargo, quedó
pendiente la formulación de la ley que crearía el Servicio de
Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), y cuya función principal será
la conservación de la biodiversidad del país, a través de la gestión
para la preservación, restauración y uso sustentable de genes, especies y
ecosistemas, dentro y fuera de las áreas protegidas. La aprobación del
SBAP es esencial para completar la institucionalidad ambiental del país y
de esta forma cubrir nuestros déficits en materias de protección y uso
sustentable de la biodiversidad, considerando escenarios de cambio
climático, degradación de ecosistemas y extinción acelerada.

Por
mas de 13 años el SBAP ha sido objeto de una extensa y, a veces,
trabada discusión y negociación en búsqueda de su aceptación,
entendimiento y aprobación. De esta forma, la Ley SBAP ha pasado por una
reformulación, una consulta indígena, la resistencia de los organismos
que cederán funciones, presupuesto y personal o que deberán seccionarse
para dar paso a nuevas instituciones, eso sin considerar el interés
económico tras el uso y explotación de nuestros recursos naturales. Es
este escenario, de tramitación trabada, el actual ejecutivo agrega una
indicación que levantó una nueva polémica y puso en la agenda pública
otra vez su discusión. El conflicto comienza cuando el Ejecutivo
presenta una indicación que busca prohibir el otorgamiento de nuevas
concesiones de acuicultura de especies hidrobiológicas exóticas en todas
las áreas protegidas del país, eliminando la excepción del artículo 158
de la Ley de Pesca y Acuicultura. De esta forma, se amplía la
restricción de la acuicultura con especies exóticas a las Reservas. Lo
anterior fue evaluado por parte de la ciudadanía como una forma de
excluir la salmonicultura en áreas protegidas para el futuro (lo que es
cierto), pero también como una forma de incertidumbre para la fuerza
laboral que actualmente depende de las actividades de acuicultura dentro
de las áreas protegidas, ya que podrían no renovarse las concesiones
(lo que es interpretativo y en el peor de los escenarios parcialmente
cierto).

El
lunes la Comisión Mixta del Parlamento despachó a Sala la Ley SBAP,
pero rechazó el artículo que prohibía las nuevas concesiones acuícolas.
Razones hay muchas tanto a favor o en contra para discutir la indicación
del ejecutivo; sin embargo, la pregunta que surge es si era oportuno
hacerlo dentro de la discusión que buscaba completar la
Institucionalidad Ambiental. Todos los que hemos participado en la
formulación y debate de la Ley SBAP sabemos lo laborioso y difícil que
ha sido lograr su concreción y aceptación transversal, y de alguna forma
observamos con preocupación agregar nuevas indicaciones que trababan la
aprobación, aún estando de acuerdo con las ideas de fondo. Tal parece
que el Ejecutivo tiende a confundir los espacios oportunos de debate,
complicando y enredando innecesariamente los objetivos que se persiguen.
Fácilmente esta discusión, esta polémica, pudo esperar y darse en el
marco del debate participativo de la Nueva Ley de Acuicultura, que el
gobierno ya ha anunciado.

Chile
necesita con urgencia congeniar el necesario desarrollo económico, el
bienestar social que genera el empleo y la protección del medio
ambiente. En este sentido es atendible la preocupación de las personas
que trabajan en la industria salmonera, pero de igual manera es
justificable las aprehensiones de los grupos ambientalistas que ven las
constantes vulneraciones de una actividad poco amigable con nuestros
ecosistemas. Aumentar la regulación, hacer efectiva y oportuna la
fiscalización, elevar los estándares ambientales, generar una adecuada
zonificación, son partes de las acciones que siguen pendientes y son
urgentes.

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