La legitimidad de la Nueva Constitución

En
una cultura democrática la legitimidad se entiende como la fidelidad a
un mandato ciudadano que se sustenta en un conjunto de leyes y una
institucionalidad determinada. Y por extensión se usa el adjetivo de
legítimo a todo aquel acto que se deriva de ese mandato legal y
democrático. En este sentido es posible afirmar las sólidas bases de
legitimidad tanto de la propuesta de Nueva Constitución para Chile; como
de la Convención Constitucional que redactó democráticamente el texto
que será sometido al plebiscito del próximo 4 de septiembre de
2022. Dicha legitimidad se remonta a las masivas movilizaciones iniciadas el 18 de octubre de
2019, que entre sus demandas exigía una constitución democrática para
Chile. Es así como el poder legislativo promulgó un conjunto de leyes
que regularan el mecanismo legal para redactar una Nueva Constitución.
De este modo contamos con una constitución plenamente democrática, con
paridad entre mujeres y hombres y con 17 representantes de los pueblos
originarios de Chile, los 154 convencionales elegidos por la ciudadanía
se abocaron a la redacción de cada uno de sus 388 artículos en un
espacio de debate participativo y de cara al país. Todos fuimos testigos
del trabajo de la convención, de las extensas jornadas de discusión,
análisis y de las distintas fases que ampliaron significativamente sus
bases de legitimidad democrática. Todo Chile observó el momento de
instalación y elaboración del reglamento de funcionamiento interno;
luego, seguimos atentamente el trabajo de cada una de las siete
comisiones, sus múltiples audiencias públicas e instancias de
participación popular y ciudadana. Del mismo modo, tuvimos la
posibilidad de informarnos en vivo y en directo de la votación de cada
una de las normas y sus once capítulos.

Complementariamente,
a todo lo anteriormente señalado, es necesario recordar que el texto
constitucional que se someterá al escrutinio del pueblo y de los pueblos
de Chile, fue votado y aprobado democráticamente en cada uno de los
artículos y sus once capítulos, en 110 sesiones plenarias. Del mismo
modo, todo el contenido de esta propuesta constitucional fue aprobado en
el marco de altos estándares democráticos, es decir, superando los
altísimos quórum acordados previamente y con amplias mayorías de más de
las tres cuartas parte de los convencionales (115 de los 154). A partir
de estos altísimos estándares democráticos, de transparencia y de
participación, podemos afirmar con absoluta certeza la legitimidad del
proceso constituyente que confiere validez ética al Plebiscito de salida
al que concurriremos millones de chilenas y chilenos a Aprobar una
Nueva Constitución para Chile. Y así, basándonos en la noción de
legitimidad como “mandato ciudadano” se terminará con la constitución
escrita en Dictadura por 7 abogados a solicitud de la Junta Militar. Y
podremos por fin decir, después de 40 años, tal como dirá el preámbulo
de la nueva constitución de la República de Chile: “Nosotras y nosotros,
el pueblo de Chile, conformado por diversas naciones, nos otorgamos
libremente esta Constitución, acordada en un proceso participativo,
paritario y democrático”. Y justamente, este preámbulo es el preludio de
una nueva forma de democracia de un país que habíamos soñado y que no
hemos tenido jamás.

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