La
Ley General de Educación obliga a los colegios a mantener un Reglamento
Interno para regular las relaciones entre los miembros de su comunidad
educativa, y dentro de éste, un Manual de Convivencia Escolar que
determine la existencia de normas para promover un ambiente que
favorezca el cumplimiento de los objetivos educativos. Hay diversas
leyes que disponen los contenidos que este manual debe tener, entre los
que se cuentan precisamente las estrategias de prevención y protocolos
de acción ante situaciones de agresión, violencia y vulneración de
derechos entre la comunidad escolar. Es por ello que la Superintendencia
de Educación envió a los colegios una circular que reúne y clarifica
todos estos contenidos que los reglamentos internos deben tener, de
manera de facilitar su comprensión y su cumplimiento, y evitar los
vacíos que muchas veces terminan motivando las denuncias por parte de
los apoderados y que entorpecen el actuar de docentes y directivos. En ese contexto, una de las novedades de la mencionada
circular es la incorporación explícita del deber de los colegios de
contar con protocolos de acción y prevención ante situaciones no solo de
maltrato físico, sino que también de violencia por medios digitales. El
bullying, así como el ciberbullying, son hechos lamentables, pero son
una realidad, y por el bienestar de niños y jóvenes es necesario hacerse cargo y dejar de improvisar. Un mal manejo en esta materia puede llegar a tener consecuencias lamentables.