Ley de Autismo en Chile

Podríamos estar frente a
uno de los mayores avances en justicia social en Chile con la
promulgación de la Ley de Autismo, esto porque genera las condiciones
para mejorar la calidad de vida de los(as) más vulnerables de nuestra
sociedad: niños, niñas y adolescentes con Trastorno del Espectro Autista
(TEA) u otra condición que afecte el neurodesarrollo. Cuando señalo que
“podríamos estar frente a uno de los mayores avances en justicia
social”, lo hago porque debo reconocer que la Ley es bastante general y
no aborda algunos temas que son muy importantes para los padres y las
madres de estos menores, y no considera otras condiciones del
neurodesarrollo que deberían formar parte de esta Ley. Pero prefiero
mirar el medio vaso lleno, y valorar que tenemos Ley y desde esa
plataforma debemos trabajar para mejorarla y aumentar las prestaciones
del Estado para las personas con esta condición.

La
llamada Ley TEA asegura el derecho a la igualdad de oportunidades y
resguardo de la inclusión social de los niños, niñas, adolescentes y
adultos con esta condición. Junto a esto, se busca eliminar cualquier
forma de discriminación. Además, promueve un abordaje integral de dichas
personas en los ámbitos social, de la salud y educación. Todo esto,
durante todo el ciclo vital de las personas. Con este fin, la nueva
norma entrega definiciones de conceptos como, por ejemplo, persona con
TEA. Esta se entenderá en la ley como quienes presentan una diferencia o
diversidad en el neurodesarrollo típico; el cual se manifiesta en
dificultades significativas en la iniciación, reciprocidad y mantención
de la interacción y comunicación social, al interactuar con los
diferentes entornos. Así como, también en conductas o intereses
restrictivos o repetitivos. Junto a esto, reconoce la existencia de
personas cuidadoras de quienes presentan TEA.

La
Ley TEA establece nuevos principios a los que deberá sujetarse el
cumplimiento de esta legislación. Estos son: trato digno, autonomía
progresiva, perspectiva de género; intersectorialidad, participación y
diálogo social; detección temprana y seguimiento continuo y
neurodiversidad. Junto a esto, incorpora medidas en contra de la
discriminación arbitraria. Asimismo, determina los deberes del Estado
para asegurar el desarrollo personal, la vida independiente, autonomía e
igualdad de oportunidades de las personas con TEA y propone las medidas
necesarias para prevenir y sancionar la violencia, el abuso y la
discriminación en contra de dichas personas.

En
este punto es donde “nobleza obliga”, razón por la cual debo reconocer
que es una excelente política pública aprobada por el Parlamento (ese
que tantas veces critico), y también un reconocimiento a personas e
instituciones que vienen trabajando desde hace varios años con niñas,
niños y adolescentes con esta condición. A nivel regional, debemos
reconocer el trabajo de Rosita Miranda, Presidenta de la Fundación
“TeAbrazo Magallanes”, a cada uno(a) de los padres y las madres de
menores con esta condición, a las(os) sostenedores(as), profesionales,
técnicos y asistentes de la educación de los establecimientos como la
escuela Alacer, Santa Laura y la escuela Paul Harris, escuelas que
además de entregar el servicio educativo a párvulos(as) y alumnos con
Trastornos del Espectro Autista (TEA), entregan contención y apoyo a las
familias.

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