Leyes e improvisaciones

Solo en las utopías encontramos mundos homogéneos, donde todos son iguales y lo que es justo para uno, es justo para el 100%.

Es
difícil hacer leyes en un mundo de diversidad. Las actividades
económicas, necesarias para el funcionamiento de un país, son diversas.
Por ejemplo, nada mejor que leer el artículo 38 del Código del Trabajo
para reconocer una parte de esa diversidad en que se clasifican algunas
actividades o trabajadores que pueden laborar los días domingo.

Los
contadores en temáticas tributarias hemos reclamado que, cuando se
legislen normativas, se consulte a los profesionales que hacen el
trabajo. Porque en leyes tributarias hacen hermosas declaraciones de
intenciones, pero cuando lo llevas a la práctica se transforma en un
laberinto de dudas que se van disipando con las interpretaciones del
SII. Pero cuando ya es impracticable parchan con una nueva ley, Ejemplo:
Leyes tributarias 20780 y 20.899.

Si
los legisladores preguntaran o la política fuera menos ladina, serían
mínimas las brechas de interpretación y los contadores estaríamos
contentos. Pero no, las leyes dejan ambigüedades. Hoy es el caso de la
reducción de 45 a 44 horas de trabajo.

Los
acuerdos entre empleador y trabajador se reflejan en los anexos de
contrato. Pero ahora se pide un “acta de acuerdo” como constancia.
¿Qué sucede sí no hay acuerdo? El “acta” sirve para dejar constancia
que como empresa se presentó una alternativa de horario acorde a la ley y
al funcionamiento de la empresa, pero el trabajador la rechazó. El 9
de abril el Director del trabajo, dice el medio La Tercera; “si no hay
acuerdo, lo que la ley dice es que el empleador es el que tiene que
tomar la decisión y establece esta fórmula proporcional, que tiene que
reducir un porcentaje al día, que pueden ser 10 minutos si la jornada
dura 6 días o 12 minutos si la jornada es de 5 días”.

Después
el 18 de abril, se emite un dictamen que cambia lo orientado, diciendo
con dos ejemplos que, si no hay acuerdo, prácticamente deben rebajarse 1
hora diaria en un día de la semana, haciéndose énfasis en el espíritu
de la ley. Y además en airadas declaraciones públicas la autoridad dice
que, no se pueda aumentar el tiempo de colación, siendo que la ley no
lo prohíbe.

De
nada sirve que las autoridades se indignen al tratar de interpretar la
ley, si cuando participaron de la discusión desde su inicio no rayaron
bien la cancha. Los profesionales necesitamos leyes concretas, claras y
bien definidas para su aplicación. Y los servicios públicos deben
recordar que sus funciones son las de interpretar la ley, no legislar en
paralelo por la vía administrativa. En un país con crecimiento mínimo,
todos debemos trabajar con certeza, no con capricho ideológico ni cambio
de opiniones en menos de 30 días. Quizás llegó el momento que más que
educación cívica, los legisladores estudien 5 años para crear leyes y
obteniendo el título correspondiente, quizás obtengamos mejores
resultados.

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