Nuestro
ordenamiento jurídico contiene normas y procedimientos que sancionan
desde la amenaza o perturbación de la propiedad hasta ser privado de
ella. Estas contrastan con la compleja realidad que viven las víctimas
de estas usurpaciones, no por la ausencia de legislación sino por su
ineficacia.
En
efecto, una persona víctima de una usurpación denunciará el hecho a la
autoridad, sin embargo, será en vano por lo bajo de las penas, ya que el
delito se sanciona con la pena de multa, y también porque el Código
Penal no faculta al juez a decretar el desalojo de la propiedad.
Para
recuperarla, la víctima deberá iniciar una acción civil de precario, no
sin antes identificar a los ocupantes -cosa que a veces es imposible
por la cantidad de usurpadores-, luego solicitar al juez que ordene el
desalojo y pagar a un receptor para que, con el auxilio de la fuerza
pública, ejecute la orden. Todo lo anterior no garantiza que al día
siguiente del desalojo, los mismos ocupantes vuelvan a tomarse la
propiedad o tomen represalias en contra del legítimo dueño.
Y
es que como las “tomas” están al margen de la ley y esta es ineficaz,
ha llevado a que existan personas que se encargan de ocupar terrenos de
manera irregular para luego lotearlos y vendérselos a las familias más
vulnerables que por años esperan una solución habitacional por parte del
Estado.
El
alarmante aumento de casos de usurpaciones el 2021 que llevó al
Ministro del Interior de la época a señalar que se habían incrementado
en un 688%, dio lugar a la presentación de un proyecto de ley que
actualmente se encuentra aprobado por el Congreso, pero vetado, el que
entrega más herramientas para reivindicar el derecho de las víctima de
estas usurpaciones, pero sin dar solución a este fenómeno que se ve
marcado por múltiples factores que el proyecto no contempla. Asimismo,
la legitima defensa que autoriza el proyecto parece trasladar nuevamente
el problema a las víctimas, incluso podría promover la violencia y la
venganza privada.
Es
urgente que se dé solución a este tipo de conductas, pero dicha
solución debe ser acorde a los postulados de un estado democrático de
derecho, porque el remedio no puede ser peor que la enfermedad.