Anulan juicio que condenó por Ley Emilia

La  fiscalía acusaba a Villalta
de protagonizar, el 7 de junio del año pasado en Punta Arenas, un accidente de
tránsito conduciendo un camión Porter bajo la influencia del alcohol,
colisionando con otro vehículo que circulaba por calle Independencia con
dirección al oeste frente al regimiento Pudeto, resultando cuatro ocupantes del
vehículo menor lesionados y huir del lugar de los hechos

La sentencia condenatoria no consideró los argumentos que el defensor
Santander invocó en favor de su representado,. “El hijo del imputado de 11 años
que lo acompañaba a bordo del camión al momento de ocurrir la colisión, padece
problemas siquiátricos indeterminados y resultó lesionado con el impacto, salió
del móvil y se fue corriendo a su casa, frente a esta situación tras de él fue
el imputado, produciéndose el abandono del lugar del accidente, lo que el
Ministerio Público estimó que era delito”.

La Corte de Apelaciones resolvió 
anular el juicio y la sentencia por falta de fundamentación lógica en
las conclusiones, especialmente referida a la condena por el delito de huir del
lugar del accidente. “Se ha alterado el curso racional de proceso lógico en la
determinación de la responsabilidad, pues se afirma que el acusado huyó con su
hijo, que el acusado simplemente huyó sin hacer referencia a la presencia del
niño y se desestima que el acusado se fue del lugar tras de su hijo existiendo
pruebas contestes al respecto”.

Ahora corresponde realizar un nuevo juicio con un trío diferente de
jueces, Luego de haber sido condenado a la pena de 541 días de presidio,
inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica. Además se le
condenó  como autor de manejo de vehículo
motorizado bajo la influencia del alcohol con resultado de lesiones graves.

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