Condenan a hombre que repelió a disparos corte de luz en su vivienda

Tras dos días de juicio, ayer los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas entregaron un veredicto condenatorio en contra de un dueño de casa que repelió a disparos para evitar que le corten el suministro eléctrico.
Fue así que los magistrados José Octavio Flores Vásquez, Jaime Álvarez Astete y Julio Álvarez Toro, por unanimidad condenaron por los delitos de amenazas en contra de los trabajadores que prestaban servicio para la empresa Edelmag, con el delito de disparo injustificado de arma de fuego; además de un segundo delito de tenencia injustificada de municiones y cartuchos. Se sumó una condena por las amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar, en perjuicio de su esposa. Esto a pesar que ayer en el juicio, la víctima se retractó ante los jueces, tal como lo señaló la fiscal del caso Rina Blanco: “La víctima cambió su versión original, declarando en favor de su cónyuge, existiendo el fenómeno de la retractación que va aparejado de estas situaciones de violencia intrafamiliar, en donde por muchas causas las víctimas se retractan por el lazo afectivo que le une con el agresor, la dependencia económica, el mismo temor que le infunde la persona y varios elementos que hicimos ver al tribunal, ya que habían varias declaraciones de ella en Fiscalía, ante Carabineros, en el sentido distinto de que había sido amenazada”.
La sentencia se dará a conocer el próximo martes a las 13 horas, donde la Fiscalía está solicitando diferentes penas, de las cuales no tendrían una pena sustitutiva en relación a la Ley de Control de Armas.
El abogado defensor, Jaime Obando, solicitó ante los jueces que las penas que se le impongan a su representado sean mínimas por no mantener antecedentes anteriores, solicitando 541 días por el delito de posesión y tenencia de municiones, mientras que por el disparo injustificado y amenazas en contexto de violencia intrafamiliar 61 días de presidio.
El propio imputado, Héctor Alejandro Lemarchand Gómez, al finalizar el juicio señaló ante los jueces: “Primera vez que estoy envuelto en algo así, nunca he tenido problemas con nadie, creo que se han magnificado mucho las cosas en mi contra, siempre tuve mis cosas legales, sólo las cosas que se encontraron en mi casa que traté de aclarar que no era mías”,
Hechos
El imputado fue llevado a juicio por los hechos que se registraron alrededor de las 12.30 horas del martes 12 de julio de 2016, en circunstancias que los afectados E.G.D. y J.D.O. realizaban labores de contratistas, concurriendo a la Villa Suiza con la finalidad de realizar el corte del suministro eléctrico al domicilio del imputado por el no pago de dicha cuenta. En esos momentos, salió desde el interior del inmueble a pedir explicaciones por el corte, insultándolos y obligándolos a que se retiraran del lugar. A pesar de esto, los trabajadores continuaron su labor para realizar la suspensión del suministro desde el poste de energía eléctrica, instantes en que Lemarchand Gómez ingresó a su domicilio nuevamente para salir al antejardín con un arma y proceder a disparar al aire con la finalidad de amedrentar a los trabajadores, amenazándolos, situación que llevó a refugiarse y dar alerta a Carabineros. Tras la incautación de la pistola, personal policial ingresó al domicilio donde encontró a la cónyugue del imputado oculta con sus tres hijos menores en una habitación, visiblemente atemorizados. En esos momentos la mujer decidió denunciar a su marido, indicándole a Carabineros que constantemente era víctima de amenazas de muerte por parte del imputado.
En el mismo procedimiento en el entretecho del inmueble se le encontró 107 cartuchos calibre 7.62 sin percutar, que corresponde a munición de guerra, además de un cartucho calibre 1.30 sin percutar. En la revisión además se logró encontrar en el cajón del velador del dormitorio principal, once cartuchos 9 mm que el imputado mantenía, mientras que en el clóset se le encontró una funda con doce cartuchos calibre 45 para revólver sin percutar, los que no contaba con la autorización, a diferencia del arma de fuego, que era la única que mantenía en regla.

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