Corte confirmó condena en la cárcel para sujeto que se “enamoró” de niña de 13 años

Ayer,
la Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó la sentencia en contra
de un sujeto que fue condenado por el delito de violación en contra de
una niña de 13 años.

El
fiscal jefe de Punta Arenas, Fernando Dobson, dio a conocer que “se
confirmó la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal, de manera que queda
firme la sentencia de cinco años y un día por el delito de violación
reiterada, con esto concluye el caso, sin posibilidad de revisión por el
tribunal superior”.

Recordemos
que hace un mes el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas dictaba
una sentencia de cinco años y un día de presidio, en contra de un sujeto
de 37 años. Su defensa recurrió al recurso de nulidad a la Corte de
Apelaciones de Punta Arenas, la que finalmente falló ayer.

Samuel Raipane Mancilla, fue llevado a juicio luego de ser formalizado en octubre del año pasado por el delito de violación impropia reiterada.

En
los antecedentes se indicó por parte de la Fiscalía que el 1 de junio
el imputado Samuel Antonio Raipane Mancilla, besó en la boca a la niña
de 13 años, para luego pedirle que no cuente a nadie de lo sucedido, por
lo que esta situación comenzó a reiterarse en el tiempo, hasta que el
26 de junio de 2017, el imputado llevó a la niña a un motel de Avenida
Colón de Punta Arenas, donde mantuvo relaciones sexuales con la menor,
situación que se repitió en otros moteles y en el mismo domicilio de la
niña.

Las
relaciones que mantuvieron en el hogar de la menor, ocurrieron durante
agosto del año pasado, esto mientras el imputado estuvo alojando en el
inmueble de la menor, ya que su madre era compañera de trabajo de
Raipane Mancilla.

Pese
a que en su declaración el sujeto aseguró solo haber besado a la niña
de 13 años, fue condenado ayer por el delito de violación.

En
principio, la Fiscalía solicitó 10 años de presidio, pero los jueces
Julio Álvarez Toro, Luis Álvarez Valdés y Guillermo Cádiz Vatcky,
resolvieron condenar al acusado por el delito de violación impropia en
carácter de reiterado, esto entre las fechas de juni
o a septiembre de 2017, a cinco años y un día, lo que confirmó ayer el máximo tribunal de Alzada magallánico.

Contenido relacionado

Envíanos tu denuncia o información AVISOS ECONÓMICOS