Corte de Apelaciones envió a prisión a segundo implicado en robo a vivienda

Ayer, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas revocó la resolución recurrida, dictada por el Juzgado de Garantía, que no dio ha lugar a la medida cautelar de prisión preventiva de Samuel Octaviano Quinteros Trigo, imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de robo en lugar habitado o destinado a la habitación. El ilícito fue perpetrado el miércoles 21 de septiembre, en el sector sur de la comuna.
En fallo unánime, la primera Sala del Tribunal de Alzada, integrada por los ministros Marcos Kusanovic, José Octavio Flores y el fiscal judicial Fabio Jordán, decidió revocar la resolución adoptada por el juez Juan Villa, y decretó el ingreso de Quinteros Trigo al Centro Penitenciario de Punta Arenas, argumentando que “en convicción de esta Corte, los antecedentes invocados en la audiencia para dar por establecida la participación que se atribuye al imputado Samuel Quinteros Trigo, en el referido delito, permiten dar por establecida la exigencia de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal a partir no solo de la declaración del testigo presencial, aún cuando no se cuente todavía con una diligencia de reconocimiento en la investigación, toda vez que dicho deponente aportó datos fidedignos que permitieron lograr su detención en compañía del coparticipe en circunstancias que se desplazaban ambos en el vehículo utilizado para cometer el delito y en el cual en un momento próximo posterior fueron sorprendidos portando especies sustraídas a la víctima. Esta última circunstancia  indubitada se debe vincular respecto del imputado con lo dispuesto en el artículo 454 del Código Penal, que no ha sido desvirtuado hasta este momento en la investigación. Por esta consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de veintidós de septiembre del presente año, por la cual no se hizo lugar a la medida de prisión preventiva respecto del imputado Samuel Octaviano Quinteros Trigo, y en su lugar se declara que queda sujeto a dicha medida cautelar”, concluye.
Tras esto, el fiscal del caso, Oliver Rammsy, señaló que “la Corte entendió que lo que exige la letra b, es que habían antecedentes que permitan presumir que tuvo participación. La presunción no es algo tan determinante, pero los antecedentes que aportó la Fiscalía permiten presumir que el imputado tuvo participación en el hecho. Además consideraron que los dos imputados estaban en las mismas circunstancias, al interior del vehículo sorprendidos con las joyas por lo tanto se configuró la existencia del delito, participación como autor y peligro para la seguridad de la sociedad”.
Formalización
El jueves en el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, los imputados Samuel Quinteros Trigo, y Andrés Pérez Alvayay, fueron formalizados por los hechos que ocurrieron en circunstancias que llegaron alrededor de las 11 horas del 21 de septiembre a calle Octavio Castro a la altura del número 0200, donde los moradores no se encontraban. Ambos se trasladaban en un Hyundai Avante conducido por Pérez Alvayay, quedando a la espera y vigilando mientras -según los antecedentes- el imputado Quinteros Trigo mediante escalamiento ingresó al domicilio para fracturar la ventana de un dormitorio procedió a registrarlo y sustraer diversas especies, ocultándose cuando llegó uno de los habitantes, quien se percató que había una persona en el interior a quien vio huir del lugar en el vehículo mencionado, dando aviso a Carabineros de inmediato. De esta manera, se dio con el automóvil donde se transportaban las especies reconocidas por la víctima.
Al momento de la detención, Andrés Pérez Alvayay mostró a personal policial la cédula de identidad de su hermano, por lo que ambos fueron formalizados como autores de robo en lugar habitado. Mientras que a Pérez Alvayai se le suma el delito de usurpación de identidad.
La familia de Quinteros Trigo negó en todo momento la participación del imputado en el hecho.

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