Una
indemnización de 40 millones de pesos debió pagar a fines de la semana
pasada el Hospital Clínico de Magallanes, tras haber sido demandado por
una mujer quien denunció que el actuar del personal facultativo había
sido negligente luego de que ella perdiera a su bebé al momento de dar a
luz por la falta de monitoreo de su embarazo.
Se
trata de Pamela Vargas Guinado quien quedó embarazada en 2016 y tenía
programado su parto por cesárea para el 5 de mayo de 2017. Tres días
antes, casi llegando a las 40 semanas, la mujer se presentó al control
respectivo, donde se le efectuó el monitoreo correspondiente y se
confirmó la fecha de la operación prevista.
Pero
en la madrugada del 3 de mayo, Pamela eliminó el tapón mucuso por lo
que debió acudir a la urgencia ginecológica del recinto hospitalario,
donde el matrón de turno señaló que no habían síntomas de parto, y que
dicho desprendimiento era algo normal cerca del parto. Ese mismo día se
realizó el último control con el doctor encargado, quién ratificó la
información del matrón y ordenó guardar reposo por la proximidad del
nacimiento.
No
obstante, al día siguiente, con objeto de proceder a la cesárea, la
futura madre concurrió cerca de las 15.30 horas para hospitalizarse.
Para entonces tenía contracciones cada 20 o 30 minutos, según el último
monitoreo. A las 17:30 horas ingresó a la sala y cerca de las 18:00
horas fue auscultada. Los signos vitales de su bebé estaban en orden.
Horas más tarde se le realizó el mismo procedimiento, donde los matrones
le explicaron a Pamela que tenía la presión baja, a lo cual no le
habrían dado importancia. En dicha oportunidad, la mujer solicitó
iniciar la cesárea, toda vez que las contracciones eran cada 10 minutos.
Sin embargo, los profesionales le dijeron que para eso tendría que
esperar a la fecha programada que era en dos días más.
En
el intertanto, la paciente se quedó dormida, y al despertar cerca de
las 22:00 horas, la fue a revisar una matrona, quién no pudo oír sonido
alguno, llamando inmediatamente a otra profesional para que la ayude.
Esta última tampoco logró escuchar, por lo que llamaron al doctor Javier
Muñoz, que estaba de turno.
Por
el dolor, ella perdió la conciencia, lo cual fue ratificado por los
profesionales a cargo. Tras aquello, se le entregó la peor noticia a una
madre: que su futura hija había fallecido por lo que solicitó hablar
con el médico para retirar el feto. No obstante, éste habría sido reacio
a realizar este procedimiento, indicando que se debía realizar con
mayor calma al día siguiente, sin embargo, tras la petición, se realizó
la operación en la madrugada del 5 de mayo. La causa de muerte según el
Certificado de Nacido Muerto, es “asfixia Intrauterina”.
En
la demanda que inicialmente fue patrocinada por el abogado Pablo
Harambour, y en las últimas etapas judiciales por el abogado Juan José
Arcos, se consigna que “nos encontramos en un caso en que los padres
fueron responsables durante todo el proceso, asistiendo a cada uno de
los controles necesarios, que no tenían inconvenientes para el
nacimiento de su hija. Sin embargo, todo por actuar humano por parte de
los funcionarios del hospital, al no realizar su labor como corresponde,
pasó horas sin auscultar, por lo que el feto falleció. Esta parte hizo
todo lo posible a su alcance, para cautelar la vida del no nacido,
controles, seguimiento estricto de las instrucciones de los
profesionales de salud, entre otras. Todo para que, por negligencia pues
no hay otra explicación, no se efectuaran los monitoreos pertinentes y
seguidos en pleno conocimiento de la continuidad de contracciones y de
la proximidad del parto”.
Cabe
señalar que inicialmente se había demandado por la suma de 200 millones
de pesos, pero tras las alegaciones respectivas del procedimiento
civil, se logró llegar a un acuerdo con el Consejo de Defensa del
Estado, donde las partes y comparecientes pactaron poner término por
transacción al litigio y a la causa pendiente.
“En
este proceso judicial hay que ver dos cosas, por un lado, la
tranquilidad de la familia que logra saber a través de un proceso
judicial cuál fue el verdadero motivo por el que falleció su ser
querido, y que no es una causa atribuible a una falta o una
despreocupación de la mamá, sino que del servicio, pero por otro lado se
da por sentando un precedente para que este tipo de errores no se
vuelva a repetir y vaya mejorando el servicio”, puntualizó el abogado
Arcos.