Tras
un juicio realizado en el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas,
los jueces por mayoría entregaron un veredicto absolutorio a un acusado
de haber integrado un grupo de personas que estafaron a una tienda
comercial en más de 200 millones de pesos.
El
abogado defensor particular Marcos Ibacache destacó el veredicto
absolutorio. “Esta defensa se encuentra satisfecha con el resultado del
juicio. Entendemos que la prueba de cargo presentada por el Ministerio
Público no fue suficiente para romper el principio de inocencia, esto
sin perjuicio de la gran cantidad de testigos, documentos y otros
antecedentes presentados por la Fiscalía, que no pudo acreditar la
participación de mi representado como autor del engaño que podría ser
principio del delito de estafa, por ello el tribunal decidió absolver y
mi representado se encuentra bastante contento con esta resolución, ya
que se le pedía una pena de 7 años de cárcel”.
Fue
así que los magistrados Jaime Álvarez Astete, Jovita Soto Maldonado y
Luis Álvarez Valdés, por mayoría absolvieron a Cristián Pinda Aguilar
como autor de un delito de estafa reiterada, donde argumentaron que “la
prueba rendida por el Ministerio Público impidió formar convicción de
condena más allá de toda duda razonable, en relación al delito y la
participación que se le imputa al acusado, tal como se fundamentará en
la sentencia
que se dicte al efecto”. Dicha decisión fue adoptada con el voto en
contra del magistrado Jaime Álvarez Astete, quien fue de parecer
condenar a Cristián Antonio Pinda Aguilar por el delito de estafa en
carácter de continuado, por haberse acreditado a través de los medios
probatorios incorporados por el Ministerio Público, tanto el ilícito
materia de acusación como la participación del acusado en dicho ilícito.
La audiencia de comunicación de sentencia se dará a conocer el próximo martes a las 13 horas.
El
propio imputado durante el juicio negó su participación, señalando que
sólo realizaba labores de transporte. Según los hechos, el imputado
Cristián Pinda Aguilar, junto a su primo Héctor Pinda Ruiz, Patricio
Barrientos Barrientos, además de Stephanie Oyarzo y Fabiola Sepúlveda,
previamente concertados acudieron reiteradamente durante el año 2013 a
la Tienda Ripley, donde cada uno de ellos adquirió televisores, prendas
deportivas, computadores, notebooks, tablets, celulares, radios para
vehículos, colchones y consolas de juegos, entre otras especies, todas
las que fueron pagadas con cheques de la cuenta corriente del Banco
Chile de algunos de los imputados, los que al ser presentados a cobro
resultaban protestados con orden de no pago, luego de acusar
incumplimiento de contrato en la caja del local afectado, para luego
retirar los productos desde las bodegas.
En relación
a los otros involucrados, Patricio Barrientos Barrientos fue condenado
como autor de 26 delitos reiterados de estafa; Héctor Pinda Ruiz, como
autor de 8 delitos reiterados de estafa. Por su parte, Fabiola Sepúlveda
Acevedo fue sentenciada como autora de 6 delitos de giro doloso de
cheques y 12 delitos reiterados de estafa en perjuicio de Ripley. Por
último, a Stephanie Oyarzo Sepúlveda se le condenó por 12 delitos de
giro doloso de cheques y 6 delitos reiterados de estafa. A todos los
imputados se les sustituyó la pena en la cárcel por una libertad
vigilada intensiva, además la prohibición de ingresar a cualquier Tienda
Ripley del país durante el tiempo que dure la condena.