De
nada le sirvió asegurar su inocencia durante todo el proceso de la
causa, ni menos señalar en juicio que él era la principal víctima. De
nada, porque ayer el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas
sentenció a nueve años de cárcel a José Saldivia Coyopae, como autor de
los delitos de violación y abuso sexual en contra de una niña de 11
años, ocurridos entre los años 2009 y 2012.
La
lectura de sentencia puso fin al juicio que se desarrolló la semana
pasada y en el que se ventilaron, en audiencia, escabrosos detalles de
cómo -de acuerdo a lo expuesto por la Fiscalía y confirmado por el
tribunal- el sujeto agredió sexualmente a la menor por lo menos durante
tres años.
De
acuerdo a los antecedentes, el hombre de 45 años, de oficio soldador,
aprovechaba el quedar al cuidado de la menor, dado que su mamá
trabajaba, para agredir sexualmente a la pequeña. Luego de dos años
habría consumado la primera violación, lo que se habría repetido hasta
agosto de 2012, cuando la menor finalmente lo amenazó con denunciarlo.
La condena
Ya el pasado
miércoles la sala del tribunal había dictado condena, quedando abierta
la posibilidad para que Saldivia recibiera los 13 años que solicitaba la
Fiscalía e incluso más si se consideraban los 20 que pedía la parte
querellante. Sin embargo, hay que considerar que el fallo fue dividido y
que en la sentencia se precisa que “en lo que concierne a
circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, no favorecen al
acusado atenuantes, ni le perjudican agravantes”. La decisión por
absolver la adoptó el magistrado Julio Álvarez, quien fundamentó que la
prueba del Ministerio Público no era del todo concluyente para acreditar
los delitos acusados.
En
el fallo, el tribunal aplicó, además, las accesorias legales de
inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la
inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo
de la condena; las accesorias especiales de interdicción del derecho a
ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley
designa, la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el lapso de 10
años siguientes al cumplimiento de la pena corporal; y 3 años y un día
de inhabilitación absoluta temporal para cargos, oficios o profesiones
ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa
y habitual con personas menores de edad, por el delito de abuso sexual.
En
tanto, por el delito de violación, el tribunal impuso al condenado las
accesorias generales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y
oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para
profesiones titulares mientras
dure la condena; las penas accesorias especiales de interdicción del
derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que
la ley designa, la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los
10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal, y 6 años de
inhabilitación absoluta temporal para cargos, oficios o profesiones
ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa
y habitual con personas menores de edad.
De
esta manera, tras la decisión de la justicia, el sentenciado continuará
en la cárcel de Punta Arenas, donde se encontraba desde hace un año
cumpliendo prisión preventiva, tiempo que le será abonado a su pena de nueve años.