El secretario del Senado desmiente interpretación realizada por la defensa del parlamentario señalando que “no existe ni ha existido una autorización genérica para este sentido (arrendar a parientes)”.
Además, clarifica que el senador debía haber conocido la ley que impide arrendarle a familiares, con lo cual se configura una trasgresión al artículo 240 del Código Penal.
Por otra parte, ayer se cerró la investigación y dado los últimos antecedentes el desafuero de Bianchi podría ser inminente en las próximas horas.
El Senado nunca autorizó al parlamentario Carlos Bianchi Chelech arrendar un local a familiares para ser utilizado como oficina en la ciudad de Punta Arenas. Así se desprende de una declaración del abogado y secretario general del Senado, Mario Labbé Araneda, al fiscal regional de Magallanes, Juan Agustín Meléndez y al comisario de la Policía de Investigaciones (PDI), Óscar Contreras Serrano.
Labbé respondió 20 preguntas del fiscal y entregó numerosos antecedentes acerca del mecanismo legal que regula el manejo de fondos estatales para los integrantes de la Cámara Alta, con lo que terminó aclarando y desmintiendo los singulares dichos de la defensa del senador Carlos Bianchi, formalizado por fraude al Fisco y negociación incompatible. Esta diligencia fue una gestión de la fiscalía que se trasladó al Congreso.
Ante la pregunta número 13, en la que se le consulta “respecto de los senadores, en el ejercicio de sus funciones ¿Las mismas tiene que ser con apego a algún principio en especial?”.
Y la respuesta es la siguiente: “Sí, por cuanto la Ley Orgánica (Constitucional) nombrada en su artículo 5to. A) establece que ejercerá sus funciones con pleno respeto a los principios de probidad y transparencia, los cuales define en esta misma disposición. A su pregunta, si efectivamente al referirme que el parlamentario podía arrendar, pactar precio y forma de pago, naturalmente tiene que respetar los dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional”.