Congreso aprobó la realización en dos días las elecciones en abril

La
Cámara de Diputados visó esta jornada por 119 votos a favor, 19 en
contra y 7 abstenciones, el informe de la comisión mixta respecto del
proyecto del gobierno para que la elección del 11 de abril se realice
durante dos días.

Tras esta aprobación tanto en la Cámara Baja, como en el Senado, permitirá que el Servel, haga una serie de modificaciones.


De esta forma, lo que debemos saber de la elección del 10 y 11 de abril, se lo contamos a continuación.

– ¿Qué días se realizará la elección?

Se definió que se lleven a cabo el 10 y el 11 de abril de este año.

– ¿Los mismos vocales deberán trabajar sábado y domingo?

Sí.
Aunque en un inicio desde el Ejecutivo se señaló respecto de los
vocales que “nadie será llamado para los dos días”, finalmente se
determinó que los vocales se mantengan, en post de la transparencia,
considerando que esta vez deberán cerrarse las urnas el sábado en la
tarde y abrirse a la mañana siguiente.

– ¿Cuánto dinero se pagará a los vocales de mesa?

La
ley establece que quienes sean seleccionados como vocales de mesa
deberán cumplir funciones los días 10 y 11 de abril. Y que el pago para
ellos -cumpliendo los dos días- será de $ 60 mil. En el caso de que una
persona solo cumpla uno de los dos días, recibirá una remuneración de
2/3 de una UF. Mientras que el vocal de mesa designado recibirá $ 30 mil
por el día en que desempeñe s
us funciones.

– ¿Cómo será el proceso de sellado y resguardo de urnas?

La
ley establece que el Servel deberá dictar las normas e instrucciones
para el proceso de sellado y resguardo de urnas con 20 días de
anticipación a los comicios.

“La custodia corresponderá al delegado de la Junta Electoral y al Servicio Electoral, quienes deberán
coordinarse para estos efectos con el Ministerio del Interior y
Seguridad Pública y el Ministerio de Defensa Nacional para el resguardo y
la mantención del orden público y la custodia del lugar donde se
guarden las urnas y los útiles electorales, lo que se realizará con el
auxilio de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile”, señala el texto.

Se
agrega que “las urnas electorales serán selladas y reabiertas al día
siguiente por los vocales de mesas, sin perjuicio que podrán estar
presentes los apoderados acreditados ante la mesa de votación”.

– ¿Dónde permanecerán las urnas durante la noche del 10 y madrugada del 11?

Las urnas y los útiles electorales “permanecerán en un lugar de custodia con sellos especiales, de acuerdo a las normas que dicte el Servicio Electoral”, señala el proyecto.

Por
otro lado, se indica que los lugares de custodia permanecerán cerrados
-puertas y ventanas- con sellos especiales de acuerdo a las normas que
dicte el Servicio Electoral.

– ¿Los apoderados generales pueden pernoctar en los recintos de votación?

Sí, pueden. Pero “en ningún caso podrán entrar al lugar en que se guarden las urnas y los útiles electorales. El delegado de la Junta Electoral
o la persona que éste designe, mantendrá un registro de quienes se
encuentren en el lugar de votación durante la noche del 10 de abril y la
mañana del 11 de abril de 2021?.

– ¿Cuál será el horario de la elección?

Ese
es uno de los aspectos que aún no están definidos y que deberá resolver
el Servel luego de que la ley sea promulgada y publicada en el Diario
Oficial. Para el plebiscito, que también se realizó en medio de la
pandemia, se extendió el horario usual. Es decir, las mesas debían
comenz
ar a abrir a las 08:00 y cerrar a las 20.00 horas.

– ¿Habrá horarios preferentes de votación?

Sí,
el Servel será el encargado de la determinación de horarios preferentes
de votación para diferentes grupos de personas. Aún no se define cuál
será la franja horaria preferencial para ese segmento.

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