La
oficina regional de la Contraloría General de la República, emitió en
mayo, informe que detallaba los resultados de una investigación que se
hizo en la Secretaría Regional Ministerial de Educación de Magallanes.
El
ente contralor procedió a verificar posibles irregularidades
denunciadas por la Asociación Nacional de Funcionarios del Ministerio de
Educación (Andime) quienes señalan que la exjefa de gabinete, Isabel
Carolina Caselli Benavente, habría incurrido en diversas situaciones
anómalas en materias de personal, uso indebido de inmueble y posible
acoso laboral en la Secretaría Regional Ministerial de Educación de
Magallanes y de la Antártica Chilena.
La materia en donde se logró una conclusión más acabada, fue en los pagos de horas extraordinarias.
El
documento precisa lo siguiente: “Se verificó que las resoluciones
exentas que autorizaban la realización de horas extraordinarias
impartidas durante los meses de julio a septiembre del año 2018,
carecían de especificación de la cantidad de horas autorizadas para cada
modalidad (diurnas o nocturnas) y de las labores a desempeñar que las
fundamentan, infringiendo lo previsto, en los dictámenes Nos 72.596, de
2009 y 26.451, de 2010, por lo cual la entidad fiscalizada deberá
justificar y documentar en el Sistema de Seguimiento y Apoyo al
Cumplimiento de este Organismo de Control, los antecedentes que
acrediten la instrucción interna, que establezca un procedimiento de
control ante la falta de especificación en la autorización de horas
extraordinarias, y el respectivo acto administrativo que la sancione, en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe”.
En
concreto, el ente contralor indica que no se especificaron las
cantidades de horas extras autorizadas y labores desempeñadas,
ocasionando montos de salarios entregados sin justificar en su
totalidad.
El
informe también detalla que detectaron deficiencias en el control de
labores distintas a las convenidas inicialmente con algunos
trabajadores, siendo lo anterior además una vulneración del artículo 11
de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, que indica que las
personas contratadas a honorarios se regirán por las reglas que
establezca el respectivo contrato. Debido a esto, mandató a la Seremi de
Educación, velar por el cabal cumplimiento a la normativa vigente y a
las instrucciones impartidas.