Isidora y Mateo: los nombres preferidos por los magallánicos

El pasado 1 de enero, a las 11.40 horas, pesando 4
kilos 300 gramos y midiendo 52 centímetros, nació en el Hospital Clínico de
Magallanes, Tomás Moreno, el primer nacimiento registrado en la región a pocas
horas de comenzar el nuevo año.

El pequeño Tomás, por el momento, no se preguntará
por qué se llama de esa manera, en cambio sus padres seguramente tendrán una
buena historia para justificar la decisión.

La dulce espera no termina con la llegada del
nuevo integrante de la familia, al menos para muchos padres. Y es que con el
nacimiento de los hijos, nace al mismo tiempo la interrogante y cuya respuesta
va a determinar al ciudadano para toda la vida. ¿Cómo le ponemos?

Esa será pregunta que rondará por bastante tiempo
la vida de los nuevos padres. Ayuda no les faltará. Tíos, abuelos, amigos y
amigas buscarán influir en la vital decisión.

La protagonista de la telenovela de moda, el
goleador de turno, el ídolo de La Roja, algún músico, homenaje a abuelos, tíos
y hasta a alguna serie animada de antaño, pueden estar entre el listado que
deberá ir descartándose conforme se acerca el nacimiento del regalón o
regalona.

A pesar de que los nacimientos en Chile tienden a
la franca baja, lo que no decae es la originalidad y motivación al momento de
planificar el nombre del bebé que está por nacer.

De acuerdo a datos relevados por el Registro
Civil, en 2016, los nombres más populares con que los padres chilenos llamaron
a sus recién nacidos fueron Sofía en el caso de las mujeres y Agustín en los
hombres.

Ambos encabezaron sus respectivas listas por
tercer año consecutivo, según informó el organismo, añadiendo que en 2016
fueron inscritos 247.555 bebés. Esto significa que hubo 12.769 recién nacidos
menos que en 2015.

Si bien estos fueron los nombres que lideraron las
preferencias en promedio en el territorio nacional, en regiones no
necesariamente fue esta la tendencia.

Como dato anexo, los meses de marzo, mayo y
noviembre, son los que registran mayor cantidad de inscripciones en las
oficinas del Registro Civil.

Nombres más comunes

Respecto de la nómina de los nombres más inscritos
en 2016, se puede desprender, al ver los datos, que los chilenos siguen siendo
tradicionales al momento de dar nombre a sus hijos, ya que por tercer año
consecutivo Sofía fue el más utilizado en niñas, mientras que en el caso de los
varones, también por tercer año, el primer lugar fue para Agustín.

En mujeres, el segundo lugar lo ocupó Isidora (tercer
puesto en 2015), mientras que el top 3 lo completa Emilia (segundo puesto en
2015).

En hombres, el podio lo complementa Mateo (cuarto
lugar en 2015) y Benjamín, que bajó un puesto en relación al año pasado.

Influencia futbolera

La mitología popular dice que existe un listado de
nombres “prohibidos” al momento de inscribir a un niño o niña con el propósito
de evitar aquellos que puedan en el futuro significar motivo de burlas, por
mencionar una de las consecuencias.

Lo cierto es que al parecer tal lista no existe
físicamente entre los protocolos de los funcionarios del registro. Lo que si
hay, es criterio a la hora de concretar una nueva inscripción.

En cuanto al impacto de la cultura popular al
momento de elegir nombres, la televisión y el cine sigue imponiendo modas al
igual que el fútbol. Por nombrar algunos casos, en 2016 se inscribieron 4 Luke,
un Han y 3 Leia, si nos remitimos al universo cinematográfico de Star Wars, por
dar un ejemplo. Mientras que en el contexto de una Selección Chilena campeona
de la Copa América Centenario, 241 papás le pusieron Alexis a sus hijos, 16 se
inclinaron por Gary, 205 por Arturo y uno por Vidal.

El director nacional (s) Jorge Álvarez, recordó
que “los funcionarios del Registro Civil tienen la facultad de no inscribir
nombres que causen un menoscabo a los niños. Pero si los papás insisten con un
nombre que cause menoscabo, el proceso se deriva a un juzgado civil, donde un
juez es el que autoriza o no dicha inscripción”.

Se puede o no

Pero, ¿qué dice la ley al respecto?

 El Artículo
31 de la Ley No. 4.808, sobre Registro Civil señala que: “No podrá imponerse al
nacido un nombre extravagante, ridículo, impropio de personas, equívoco
respecto del sexo o contrario al buen lenguaje.

Si el oficial del Registro Civil, en cumplimiento
de lo que dispone el inciso anterior, se opusiere a la inscripción de un nombre
y el que lo solicite insistiere en ello, enviará de inmediato los antecedentes
al Juez de Letras o del departamento, quien resolverá en el menor plazo
posible, sin forma de juicio, pero con audiencia de las partes, si el nombre
propuesto está comprendido o no en la prohibición. Estas adecuaciones estarán
exentas de impuestos”.

El nombre, al igual que la nacionalidad, el
domicilio, es uno de los atributos de la personalidad que sirve para
individualizar a las personas como seres únicos e irrepetibles.

Por lo anterior, es necesario que los padres, al
momento de inscribir a sus hijos, lo hagan pensando que ese niño o niña deberá
ir al colegio, estudiar, socializar con otros.

¿Cómo se realiza el trámite de inscripción de nombre?

Al momento de nacer un niño o niña, uno de los
trámites fundamentales es la inscripción de nacimiento ante el Servicio de
Registro Civil e Identificación.

En cuanto a los nombres con los cuales son
inscritos los recién nacidos, el Servicio de 
Registro Civil e Identificación respeta las decisiones que adopten los
padres del menor, sin perjuicio que los oficiales civiles, conforme a lo indicado
en el artículo 31 de la ley N° 4808 sobre Registro Civil, al momento de
efectuar este tipo de trámite, tengan la facultad para hacer ver a los padres
que determinado nombre puede causar menoscabo a la persona a inscribir,
pudiendo negarse a la inscripción debiendo enviar los antecedentes al juzgado
correspondiente para que defina la situación.

Cambio de nombre

Cuando el criterio falla, la ley permite que quien
se sienta ofendido o perjudicado a raíz de su nombre, lo cambie por otro.

¿Cuáles son las causales por las que se puede autorizar la modificación de
nombres y/o apellidos?

Las principales causales son: Estar inscrito con
un nombre o apellido ridículo, risible o que le cause menoscabo moral o
material; haber sido conocido por más de cinco años, por motivos plausibles,
con un nombre o apellido distinto; tener un solo apellido o estar registrado
con apellidos repetidos.

Además de las situaciones previstas en la ley
sobre cambio de nombres y apellidos, la impugnación de paternidad o maternidad,
pueden originar una modificación de apellidos, si se acredita su filiación
respecto de otro progenitor y así se declara en la sentencia.

¿Es posible cambiar los nombres y apellidos de una persona por su sola
voluntad?

Sí, cualquier persona puede solicitar
voluntariamente la rectificación de sus nombres o apellidos por la vía judicial
acogiéndose a la Ley N° 17.344, que autoriza el cambio de nombres y/o apellidos
en los casos que indica. La solicitud debe ser presentada ante un juez con
competencia civil y debe ser patrocinada por un abogado. La modificación de los
nombres y/o apellidos puede ser solicitada por una sola vez y no altera la
filiación del inscrito (vínculo legal con sus padres).

Como vemos, nombrar al recién nacido no es nada
fácil y debe asumirse como un acto importante que acompañará durante toda la
vida al hombre o mujer, salvo que estos no estén de acuerdo y en el futuro
decidan recurrir a la facultad de cambiárselo. Deberemos esperar hasta el
próximo año para conocer si persisten las Isidoras o los Mateos, o en el caso
de Puerto Natales, las Agustinas, o los Cristóbal, Maximiliano, Matías o
Renato.

 

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