Abonan condena de 600 días de cárcel a acusado de incendiar zapatería

Este jueves el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas condenó a J.L.D. a 600
días de cárcel por su autoría en el incendio de una zapatería durante el
estallido social. Como estuvo casi el mismo tiempo en prisión
preventiva, la pena fue abonada y no regresará al complejo
penitenciario.


Tras
los cinco días del juicio en su contra, el tribunal dio por acreditados
los hechos ocurridos el 27 de octubre de 2019. Eran días de revuelta y
en Chile regía la Ley de Seguridad del Estado. Para evitar actos de
vandalismo, el locatario de la zapatería Sports Calzados tapió la
fachada de su local con unos cartones.

En
la mañana del domingo, el acusado –un adulto de 54 años que padecía de
alcoholismo– se acercó al local ubicado en calle José Menéndez, donde no
había testigos. Premunido de lo que sería un encendedor, prendió la
mecha e incendió la improvisada barrera de la zapatería.

El
individuo huyó del lugar, pero una mujer presenció el incendio y
extinguió las llamas con un extintor. Posteriormente la víctima avaluó
los daños en cerca de 500 mil pesos.

El
registro de una cámara de seguridad –que fue exhibida durante el
juicio– delató al acusado, quien fue detenido y enviado a prisión el 22
de noviembre de 2019. Estuvo tras las rejas casi 19 meses, hasta que el
tribunal reemplazó la cautelar por arresto domiciliario total una semana
antes del comienzo de su juicio.

El
Ministerio Público presentó ante los jueces 14 testigos y una serie de
informes criminalísticos y de bomberos. Argumentaron que el incendio
tuvo peligro de propagación y solicitaron una pena de cuatro años de
cárcel.

La
defensa intentó demostrar que el individuo padecía problemas de salud
mental que no le permitían distinguir la gravedad de sus acciones. Dos
psiquiatras testificaron en el juicio para dar fe de ello.

Los
jueces lo condenaron por incendio frustrado y acogieron la agravante de
reincidencia específica, pues el individuo ha sido condenado por
delitos de la misma especie con anterioridad. Sin embargo, acogieron la
imputabilidad disminuida que pidió la defensa.

Además los magistrados descartaron aplicar la agravante de cometer delitos durante un contexto de conmoción popular.

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