Bastres fue procesado el
pasado 14 de octubre junto a otros dos sacerdotes y cuatro carabineros.
La exministra en visita de la Corte Marta Jimena Pinto los sindicó como
encubridores de la presunta sustracción de Ricardo Harex González, el
joven que desapareció en 2001 a sus 17 años.
En
el fallo, la magistrada Pinto ordenó la prisión preventiva de todos los
procesadsos para asegurar el éxito de la persecución.
Sin
embargo, el caso dio un giro el 25 de octubre. La Corte de Apelaciones
de Punta Arenas acogió dos recursos de amparo interpuestos por la
defensa del obispo Bastres y el cura salesiano Leonardo Santibáñez,
dejando sin efecto el procesamiento en su contra.
En
la sentencia de la Corte de Apelaciones, los ministros resolvieron que
no existían antecedentes suficientes para dar por justificada la
existencia del delito base (la sustracción de Harex) ni la participación
atribuida a los amparados.
Descontentos
con ese fallo, los abogados de la familia Harex apelaron a la Corte
Suprema para que se revocara lo resuelto por el tribunal de alzada
magallánico solo respecto al obispo Bastres.
La
apelación fue revisada por la segunda sala de la Corte Suprema,
compuesta por los ministros Haroldo Brito, Manuel Valderrama, Jorge
Dahm, Leonardo Llanos y María Teresa Letelier. En un escueto fallo,
resolvieron por unanimidad rechazar la apelación del abogado de la
familia Harex, quedando confirmada la anulación del procesamiento en
contra de Bastres.