Tras dos años de tener una orden de expulsión en su contra, Ana Isaac
Asencio puede respirar con más tranquilidad. La Corte de Apelaciones de
Punta Arenas dejó sin efecto la resolución que la obligaba a salir del
país.
El
tribunal de alzada decidió acoger el recurso de amparo que puso el
Servicio Jesuita de Migrantes (JSM) en contra de la Intendencia Regional
de Magallanes y la Antártica Chilena. Esa cartera había decretado una
orden de expulsión en noviembre del 2018 en contra de Isaac Ascencio.
Según la corte, la decisión de expulsar a la inmigrante fue arbitraria y poco humanitaria.
Expulsión fue decretada hace más de 2 años
La recurrente –de nacionalidad dominicana– ingresó a Chile en septiembre del 2018 desde Perú por un paso no habilitado.
Según el recurso, entró al territorio nacional de manera irregular “por
la grave dificultad que existe actualmente para conseguir un visado de
residencia en el consulado chileno en Santo Domingo (capital de
República Dominicana)”.
Tras
dos meses en Chile, la mujer decidió emigrar a Punta Arenas.
Indocumentada, fue descubierta por la Policía de Investigaciones (PDI),
quienes le tomaron una declaración y la denunciaron por su ingreso
irregular.
Ya
en la capital magallánica, Isaac Ascencio tenía una tarjeta de
extranjero infractor emitida por la PDI. Poco días después, el 4 de
diciembre del 2018, la Intendencia tocó su puerta: emitieron una orden
de expulsión y tenía que abandonar el país.
Durante
más de dos años la orden estuvo vigente, pero jamás se hizo efectiva.
Al contrario, la recurrente se ha dedicado a trabajar de manera informal
y contrajo matrimonio con un chileno.
“Amenaza la libertad y seguridad personal”
El
lunes pasado, el SJM presentó un recurso de amparo en contra de la
orden de expulsión. A su juicio, la acción de la Intendencia es ilegal
porque Isaac Ascencio “no posee antecedentes penales ni en Chile ni en el extranjero, lo que convierte a la resolución en un acto arbitrario”.
Ayer,
la Corte de Apelaciones les dio la razón. Con los votos a favor del
ministro Víctor Stenger Larenas y la abogado integrante Sonia Zuvanich
Hirmas, la sala decidió acoger el recurso de amparo y revocar la orden
de la Intendencia.
La resolución no fue firmada por la fiscal judicial (s) Connie Fuentealba Oyarzún.
En
su resolución, el tribunal de alzada dirime que “la decisión adoptada
por la autoridad recurrida (la intendencia) constituye un acto
arbitrario que amenaza la libertad y seguridad personal de la amparada,
lo que llevará a acoger la presente acción de amparo”.