La Corte de Apelaciones de Punta Arenas tuvo que revistar el cambio de medida cautelar del exalcalde Fernando Paredes en el caso Luminarias LED, ya que la parte querellante solicitó el pronunciamiento del tribunal de alzada. Cabe recordar que el exedil fue formalizado por cohecho y violación de secretos, primeramente, se le impuso la prisión preventiva, luego se redujo a arresto domiciliario total y hace poco se dictaminó que era más acorde el arresto domiciliario parcial nocturno.
La última medida cautelar fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, ya que la Fiscalía había señalado que el imputado lo es por dos delitos, carece de antecedentes penales y que no tendría otras relaciones con los casos que existen en el resto del país en cuanto a las investigaciones, y que, a su juicio, según lo que han indicado tanto el Ministerio Público como su defensa, sería proporcional decretar una medida cautelar de menor intensidad.
El tribunal estima que en cuanto a la solicitud principal, en consideración a que Fiscalía es el principal persecutor en esta investigación, no se ha opuesto, “se va a hacer lugar a lo solicitado, dejándose sin efecto el arresto total, decretándose entonces al arresto domiciliario parcial nocturno, que deberá cumplir desde las 22:00 a las 06:00 horas del día siguiente y en cuanto al arraigo, que se propone como regional, solicitando los querellantes que sea de carácter comunal, el tribunal en el entendido de que no hay oposición por parte del Ministerio Público, habiéndose fundamentado por la Defensa, se decreta el arraigo regional del imputado Paredes Mansilla”.