“Te voy a matar ya que no
lo logré la primera vez”, estas habrían sido las palabras que profirió
el imputado Héctor Leuquén Tecay, de 33 años, quien la mañana del
domingo llegó hasta el domicilio de su exconviviente, y comenzó a
agredirla sin razón, motivo o justificación alguna, intentando
estrangularla.
Según
la denuncia de la víctima, ésta se encontraba en su vivienda y escuchó
pasadas las 8.00 horas de aquel día fuertes ruidos que provenían desde
el exterior, por lo cual abrió la puerta para verificar qué era lo que
ocurría lo cual fue aprovechado por el hombre, quien sin mediar
provocación alguna se abalanzó sobre la mujer, golpeándola en varias
ocasiones, para luego sostenerla del cuello y ejercer presión con ambas
manos manifestándole en el acto que la iba a ultimar.
No
obstante, en un descuido del agresor, la mujer de 44 años consiguió
empujarlo, lo que le permitió activar el botón de pánico para solicitar
ayuda al Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género (Sernameg),
activándose los protocolos con Carabineros, quienes concurrieron en un
tiempo de 6 minutos, logrando detener al individuo.
A
raíz de lo anterior, la víctima sufrió múltiples contusiones en su
cabeza, cuello, tórax y sus extremidades superiores e inferiores, que
fueron catalogadas como lesiones de mediana gravedad.
Cabe indicar que Leuquén Tecay había sido condenado
el pasado 25 de febrero por lesiones en contexto de violencia
intrafamiliar en perjuicio de su propia conviviente, habiéndola atacado
con un arma cortopunzante en su abdomen.
Formalización
Con todo lo anterior, el imputado fue formalizado pocos minutos antes del mediodía de este
lunes, donde el fiscal Oliver Rammsy formuló cargos en su contra por el
delito de femicidio frustrado, dando a conocer los hechos anteriormente
mencionados y solicitando la medida cautelar de prisión preventiva, al
considerar que su libertad constituía un peligro para la seguridad de la
sociedad y de la propia víctima.
“Todo
esto demuestra que aquí hubo una intención que va más allá de lesionar,
sino que la intención era de matar, lo que fue verbalizado con lo que
le dijo”, expresó el persecutor.
“No hubo animus necandi”
Por
otra parte, el defensor penal Richard Maldonado argumentó que en este
caso no habría existido un animus necandi, es decir, una intención o un
dolor de causar la muerte de la víctima, asegurando que el delito sería
el de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar.
Aseveró
también que la mujer estaba viviendo en el domicilio que su
representado estaba arrendando, desestimando que éste haya irrumpido por
la fuerza al interior de la vivienda, puesto que ahí ambos convivían.
“El
estrangulamiento genera pérdida del conocimiento, asfixia, hemorragia,
sofocación, desmayo, pérdida de oxígeno. No obstante a ello, ninguna de
esas lesiones e información se aportó a la carpeta investigativa como
para entender que había una intención positiva de causarle la muerte a
la persona mediante colocar las manos del imputado en el cuello de esta
señora. Hubo una discusión, una pelea, un zamarreo, pero no hubo una
intención de matar”, replicó el abogado, enfatizando que la prisión
preventiva era una medida desproporcionada.
“Ella me agredió”
Incluso
en la misma audiencia el sujeto interrumpió al magistrado en varias
ocasiones, renunciando a su derecho a guardar silencio, momentos en los
que aseguraba que fue la mujer agredida quien habría comenzado a golpearlo a él.
“No
fue que yo la haya atacado, ella me agredió a mí con cachetadas, con
golpes en los genitales, y yo lo único que traté fue de defenderme”,
justificó.
Pese
a lo anterior, el magistrado Juan Villa estimó que en este caso sí se
configuraba una intención de matar, y que el delito sería un femicidio
en grado de desarrollo imperfecto o tentado, ordenando el ingreso de
Héctor Leuquén Tecay a la cárcel de Punta Arenas, y estableciendo
finalmente un plazo de 60 días para el cierre de la investigación.