El Fisco deberá pagar millonaria indemnización por aceptar a conscripto con discapacidad cognitiva

Desde
la Corte de Apelaciones de Punta Arenas informaron que se confirmó una
sentencia dictada por el Primer Juzgado de Letras de la ciudad, en la
parte que condenó al Fisco a pagar una millonaria indemnización por la
falta de servicio en que incurrió el Ejército de Chile al aceptar a un
postulante con una leve discapacidad cognitiva y que fue víctima de
malos tratos mientras realizó su servicio militar en una unidad de
Porvenir.

En
fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por la
ministra María Isabel San Martín, el fiscal judicial Pablo Miño y el
abogado (i) Marcos Alvarado– redujo a 10 millones de pesos el monto que
deberá recibir cada padre del afectado. Es decir, 20 millones de pesos
en total. No obstante, esta cifra es inferior a los 50 millones de pesos
establecidos inicialmente.


“En
el caso de autos, los padres del exconscipto, al permitir que su hijo
se inscribiera voluntariamente para realizar su servicio militar, con
pleno conocimiento y conciencia de su capacidad cognitiva levemente
disminuida, se expusieron imprudentemente al daño moral sufrido a
consecuencia de los hechos asentados en el fallo en cuestión”, consigna
el fallo del tribunal de alzada.

Además,
la Primera Sala eximió al Fisco a pagar las costas de la causa, en
consideración que “(…) que la defensa del interés fiscal constituye una
obligación del ente estatal, lo que desde ya implica la existencia de
motivo plausible para litigar”.

El
tribunal de base estableció la falta de servicio en que incurrió el
Ejército al aceptar la postulación del adolescente, cuya condición
“constataron los evaluadores del proceso de reclutamiento de las Fuerzas
Armadas a través de un informe del pronóstico cognitivo, a efectos que
se reevaluara con este antecedente el ingreso a la institución castrense
o bien se determinara licenciarlo”.

Asimismo,
se acreditó que el joven recluta fue objeto de malos tratos, burlas,
bullying y humillaciones por parte de sus superiores y compañeros y que,
además, sufrió un accidente al obedecer la orden de ducharse en un
lugar alejado de su cuadra, debido a que las calderas de su compañía no
se encontraban operativas, sufriendo una caída al resbalar sobre suelo
escarchado, golpeándose fuertemente en la zona baja de la columna, que
derivó en una orquiectomía.

La
efectividad que tales hechos “(…) causaron perjuicios a los
demandantes, imputable a la parte demandada. Hechos en que se funda,
naturaleza, intensidad y cuantía del daño”, concluye.

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