La firma regional Defensa Magallanes logró condenar a la tienda de retail Ripley por prácticas antisindicales.
Desde
que se dictó la ley de suspensión del empleo, es la primera vez que se
condena a una empresa por discriminar a los dirigentes de un sindicato
tras ser unilateralmente suspendidos de sus empleos.
El
caso fue revisado por la Corte de Apelaciones de Arica. Se acreditó que
la ley de suspensión del empleo no consideraba los contratos
colectivos, a diferencia de lo que sostenía la empresa y la Dirección
del Trabajo quienes, contra la ley, sostenían que la norma también
abarcaba los beneficios que los trabajadores obtenían por negociaciones
colectiva.
A
juicio de los abogados José Luis Pérez y Dagoberto Reinuava, el tenor
literal de la ley solo abarcaba la suspensión de los efectos de los
contratos individuales de trabajo, pero no los derechos que estaban
contenidos en los contratos colectivos, respecto a los cuales la ley no
se pronunciaba.
Según el abogado Pérez, “esta resolución de
la corte marca un precedente nacional a favor de todos los trabajadores
de Chile, a quienes se les han incluido en los pactos de AFC, los bonos
e incentivos que están contenidos en contratos colectivos”.
Además,
añade que “trae consigo importantes efectos que pueden beneficiar a
muchos trabajadores a los cuales se les dejaron de pagar beneficios
contenidos en contratos colectivos, y que
por una mala interpretación de la Dirección del Trabajo, permitía que
los empleadores los incorporasen a los pactos de suspensión, reduciendo
el monto que realmente se les debía pagar”.