Las razones del tribunal para absolver a sujeto sorprendido con 9 plantas de cannabis

El lunes fue absuelto el funcionario de Conaf de iniciales P.T.O., del delito de cultivo de plantas cannábicas.

El
Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas dio por probado que el
imputado tenía nueve plantas en su poder, las que crecían en un sistema
indoor y cuyas alturas oscilaban entre 12 y 70 centímetros. Sin embargo,
esto no sería un delito porque “su destino no pudo ser más que su
consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo”, según la sentencia.

El juicio giró en torno a si las plantas incautadas eran para el consumo del acusado o si estaban destinadas a su distribución.

La
fiscalía –que solicitaba una pena de 3 años de cárcel y 40 UTM de
multa– argumentó que la droga estaría destinada a terceros. Para ello,
señalaron no reconocer constancias de justificación médica ni
autorización del Servicio Agrícola Ganadero (SAG). “Lo único cierto era
la existencia de cultivo sin autorización”, dijo en su alegato final el
fiscal Oliver Rammsy.

Sin
embargo, prevalecieron los argumentos de la defensa. El abogado Jaime
Ovando probó que las especies eran para el uso próximo en el tiempo a
partir de la calidad de consumidor del imputado. Ocupaba la marihuana
para paliar el insomnio y realizaba productos a base de las hojas, como
queques y mantequilla.

En
su sentencia, los jueces reconocen que el acusado no tenía autorización
para cultivar cannabis, pero no podían condenarlo porque la ley excluye
la sanción de droga cuyo uso es próximo en el tiempo.

Los
magistrados recuerdan que con la Ley de Drogas “está previniendo el
peligro de que, a través de la plantación de cannabis, alguien pueda en
el futuro poner en peligro la salud pública elaborando estupefacientes
que puedan facilitarse a terceros”.

Ese no sería el caso del acusado,
quien utilizaba la droga para su propio consumo. Los jueces no lo
identificaron como un distribuidor de marihuana debido a que no se
incautaron elementos de dosificación, como
balanzas digitales, bolsitas o papelillos.

Además,
destacaron la prueba rendida por la defensa para probar el carácter de
consumidor, como una receta médica prescrita para su insomnio o el
examen de orina que constata la presencia de marihuana.

La
sentencia de los jueces concluye con la orden de devolver las especies
incautadas al acusado, como los extractores de aire y carpas de lona que
utilizaba para su sistema de cultivo indoor.

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