La
Corte de Apelaciones de Punta Arenas tuvo la última palabra respecto
del sujeto de iniciales C.E.E., quien fue condenado por violación
impropia y abuso sexual. La ministra María Isabel San Martín y el fiscal
judicial Pablo Miño confirmaron la sentencia en su contra, por lo que
tendrá que cumplir con 10 años de cárcel.
El
28 de abril, el tribunal oral lo condenó por abusar reiteradamente de
su sobrina en fechas indeterminadas del 2008 y 2009. Los jueces dieron
por acreditado que el individuo hizo tocamientos en la zona genital de
la niña –que tenía entre seis y siete años– y que en una ocasión obligó a
practicarle sexo oral.
Los
magistrados consideraron la agravante de abuso de confianza y
condenaron al individuo a 10 años de cárcel. Descontentos con la
decisión, los abogados concurrieron a la corte de apelaciones para que
se declarase nulo el juicio.
En
su alegato, la defensa argumentó que la violación impropia –o sexo oral
forzado– debía ser juzgada como abuso sexual, pues lo que hubo fue
contacto y no penetración.
Sin
embargo, el tribunal de alzada desechó la apelación, “pues del análisis
contextualizado e íntegro de dicho episodio resulta indiscutible que,
luego de ejercer actos de fuerza en la menor”, el sujeto incurrió en una
violación impropia.