Debido
a que el material ya movilizado y por movilizar en las obras del
proyecto “Estudio Hidráulico y Mecánico Fluvial Río Las Minas y
Dimensionamiento Obras de Control Sedimentológico Punta Arenas” supera
los 100 mil metros cúbicos establecidos por la normativa como umbral
para requerir evaluación ambiental; el Tribunal Ambiental de Valdivia
acogió la reclamación interpuesta por Alejandro Riquelme Ducci, contra
la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), la que
puso término al procedimiento de requerimiento de ingreso y archivó la
denuncia por la presunta elusión al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA) del proyecto que ejecuta la Dirección de Obras
Hidráulicas (DOH) del Ministerio de Obras Públicas en la capital de la
Región de Magallanes.
La sentencia -pronunciada por los ministros Iván Hunter Ampuero, Sibel Villalobos Volpi y Jorge
Retamal Valenzuela- determinó que la resolución reclamada “no es
conforme a la normativa vigente y, en consecuencia, se anula, debiendo
la Superintendencia dictar el acto que sea procedente según lo razonado
en la presente sentencia”.
El
órgano que imparte justicia ambiental entre las regiones del Ñuble y
Magallanes, concluyó que no procedía excluir de la contabilización del
material total movilizado, el destinado a obras de conservación,
desestimando la conclusión de la SMA y del Servicio de Evaluación
Ambiental (SEA).
De
esta forma, la sentencia fijó en 239.953 metros cúbicos el material
movilizado y proyectado por movilizar en las obras, por sobre los 97.563
metros cúbicos calculados por la SMA y el SEA, cifra que había motivado el archivo de la denuncia del Sr. Riquelme.