Desabastecimiento

Con mucha preocupación he visto como se paraliza la actividad económica del país, por medio de la presión que ejerce el gremio de camioneros.
Sin perjuicio de las motivaciones que pueda tener cualquier grupo u organización, sean legitimas o no, para estos o la sociedad en si, no da derecho a coaccionar los derechos del resto de los habitantes del país.
Así las cosas, el cierre y corte de carreteras, la interrupción de los suministros vitales para la población, son a todas luces un acto arbitrario e ilegal, que requiere de la pronta actuación del Estado, a través del Ministerio del Interior, Fuerza Publica, Fuerzas Armadas y porque no, en subsidio de la actuación del Gobierno, la actuación de los Tribunales de Justicia, en orden a restablecer el imperio del Derecho.
Existen diversos mecanismos legales destinados para cumplir esta elemental tarea (el orden publico y el respeto al Estado de Derecho): primeramente, el Ministerio del Interior, a través de las fuerzas de Orden y Seguridad; el Ministerio de Defensa -producto del Estado de Excepción Constitucional- a través de las Fuerzas Armadas y también los Tribunales de Justicia a través de la aplicación de la Ley de Seguridad Interior de Estado, o las Cortes de Apelaciones a través de Recursos de Protección. En esta última alternativa, cabe señalar que la ciudadanía puede recurrir directamente ante aquellas Cortes en cuanto se le afecten sus propias garantías constitucionales, como más adelante señalo.
La comunidad no puede quedar sin resguardo, se supone que estamos dentro de un régimen democrático constitucional, en donde impera el cumplimiento del derecho, y cuando el Estado no interviene de forma directa, es obligación de nosotros como ciudadanos hacer respetar las leyes, haciendo uso de los diversos mecanismos legales que nos franquea la ley para hacer valer el derecho por sobre quienes no lo respeten.
Los Tribunales no pueden actuar de oficio, deben ser requeridos por los particulares, quienes a través de diversos procedimientos pongan en conocimiento de estos, las situaciones que consideran ilegales o arbitrarias, para que puedan conocer, juzgar y ejecutar lo juzgado.
La división de poderes del Estado esta concebida para que no hayan intervenciones entre los diversos poderes (ejecutivo, legislativo y judicial), por ende ante la falta u omisión de uno, siempre estará el otro para hacer el debido contrapeso y equilibrar la balanza de la justicia.

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