El gato cuidando la carnicería

En los inicios del gobierno militar una prenda que estaba de moda eran los gamulanes. Un empresario propuso fabricarlos en Punta Arenas, pero para que fuera rentable había que prohibir la exportación de cueros ovinos y la importación de gamulanes y esto produjo un gran debate en las esferas de gobierno. Esto que hoy parece una frescura, en ese tiempo no parecía descabellado, ya que recién se empezaba a plantear el concepto de libre competencia. Por años estaba legalizado que los empresarios se coludieran con el estado para fijar los precios. Hoy ni el más recalcitrante izquierdista se atreve a plantearlo.
Sin embargo, si en materia política aplicáramos los parámetros de libertad económica seríamos de los más retrogrados. En efecto, los parlamentarios incumbentes tienen ventajas únicas durante toda la campaña electoral, mantienen su sueldo y las asignaciones de activistas,  vehículos, celulares y sedes, mientras que un alcalde, core o concejal que quiera competirle al parlamentario, tiene que renunciar a su cargo un año antes. Con la prohibición de la reelección se sacaron más competidores, Y para que los alcaldes que no podían repostularse no les compitieran, le prolongaron su periodo y no le quitaron la inhabilidad. A los constituyentes les prohíben presentarse a parlamentarios.
Las candidaturas, hasta la de la más apartada comuna, la designan las directivas de los partidos políticos entre cuatro paredes en la capital. Si bien la ley contempla las primarias, estas no se usan para los incumbentes porque parten del principio del que tiene mantiene. Si se quiere constituir un partido nuevo, este tiene que competir por entes que son financiados permanentemente por el Estado, les adelantan los gastos de campaña y copan los espacios en la franja electoral (los partidos nuevos y los independientes no alcanzan ni a decir su nombre). Los candidatos independientes tienen que tener más firmas que un partido (la mayoría de las veces, aunque las tengan se las rechazan) y tienen que competir solos contra la suma de votos de una lista.
La constitución de 1980 se preocupó de limitar la excesiva influencia de los partidos políticos y así en el artículo 18 dice que la ley garantizará la plena igualdad entre los independientes y los miembros de los partidos políticos, tanto en la presentación de las candidaturas como en su participación de los procesos electorales. Y el artículo 19 número 15, dice que los partidos políticos no podrán tener privilegio alguno ni monopolio en la participación ciudadana y además deberán tener una efectiva democracia interna. Esta y otras normas como la dieta parlamentaria han sido pasadas a llevar totalmente.
Los límites de la Constitución del 80 eran alambrados para ovejas y no para guanacos, ya que estaba pensada en parlamentarios como los de antes y no los de ahora, como muy bien los diferencia el profesor Luis Riveros en su artículo de El Mercurio de ayer.  Tenemos un congreso que con el retiro del diez por ciento, los escaños reservados adicionales, pensión de gracia para los manifestantes y anulación de la ley de pesca, se puso abiertamente fuera de la legalidad. Es por eso que para la constituyente hay que elegir convencionales independientes, porque no podemos tener al gato cuidando a la carnicería.

Contenido relacionado

Envíanos tu denuncia o información AVISOS ECONÓMICOS