No hay que subestimar la irrupción de Pablo Longueira en favor del “Apruebo”, en tanto causó un desbande y un impacto profundo en las jerarquías de la opción por el “Rechazo” a la nueva constitución tanto al interior de la Unión Demócrata Independiente y de sus movimientos cercanos a la derecha gremialista.
Sin embargo, la rápida reacción del Ministerio Público y de la izquierda, torpedeó el plan de Longueira a más no poder, Longueira calculó mal, pensó que nadie le recordaría que aún tiene un pasado oscuro al ser uno de los involucrados en el caso Soquimich junto a ME-O, y tantos políticos de izquierda y derecha que provocaron justamente la deslegitimación del sistema democrático actual.
No es posible pretender que aquellos que produjeron la deslegitimación del actual sistema pretendan comandar la legitimación de un nuevo sistema político.
Hasta ahí lo de Longueira fue un “hola y chao”, pero quedó la impresión de una falta de convicción de los líderes del “Rechazo” por la postura que se defiende, y eso la verdad, que al menos para mí, es extraño.
Extraño, por que son muchas las razones por optar a esa decisión, la primera de ellas a mi juicio es que La Constitución Vigente, que ha sentado bases de un país en desarrollo, es una constitución modificable, en este sentido, no se puede pasar por alto que fue bajo esta Constitución que se logró el retiro del 10% de los fondos previsionales bajo las AFP, algo que era impensable bajo la cosmovisión ideológica de la actual Constitución, y sí fue posible, luego No es cierto que sea un texto ideológicamente pétreo ajeno a los vaivenes y el clamor de la voluntad popular.
La segunda a mi juicio, es que la actual Constitución está acorde a todo el sistema de Tratados sobre Derechos Humanos suscrito y ratificado por Chile, fue bajo esta Constitución que Chile abrazó -para bien y para mal- la protección de los Derechos Humanos gracias a su artículo 5to inciso 2do que transformó en más alto que la Ley los derechos establecidos en tales instrumentos internacionales, entre los cuales está el de propiedad (artículo 17 de la Declaración de los Derechos Humanos de 1948) y que algunos “constitucionalistas” pretenden ilusamente derogar.
La tercera a mi juicio, es que la actual Constitución, permite que no solo haya una mera declaración de principios y buenas intenciones en un texto repleto de derechos y pocos deberes, sino que además, bajo esta Constitución fue que se creó el Recurso de Protección, recurso que hace que esos Derechos establecidos tanto en la Constitución como en los Tratados de DD.HH., no sean solo palabras de buena crianza, sino acciones, obligaciones concretas que se pueden reclamar de verdad por cualquier habitante que pise el territorio de la República.
La cuarta, es que es una Constitución que permite el control mutuo entre los poderes del Estado, un balance de poder importante para que nadie pretenda arrancarse con los tarros y sacarla pelada, una Contraloría, Un Ministerio Público, un Poder Judicial, un Parlamento, un Presidente, un Tribunal Constitucional que tienen potestades para vigilarse entre sí mismos, dando paso a un equilibrado control del ejercicio del poder soberano.
Luego ¿Por qué habríamos de cambiar al actual Soberano debidamente controlado, vigilado y ante quien puedo exigir mis derechos por uno que no conozco? Esa es la pregunta que todos deberíamos hacernos, y como dijo alguien por ahí más vale diablo conocido que por conocer, y en este caso lo conocemos harto.