Se sacan la Careta

Recientemente
hemos conocido la resolución de la Novena Sala de la Corte de
Apelaciones de Santiago, en la cual 3 Ministros de Corte, determinan y
sentencian que, respecto la muerte del ex Presidente D. Eduardo Frei
Montalva, aquella se produjo como resultado de una grave complicación de
un acto quirúrgico al cual había sido sometido el Mandatario y que,
todas las actuaciones realizadas se apegaron a la lex artis de dicho
momento. Revoca entonces, la sentencia de primera instancia del juez
Madrid, quien había llegado “a la convicción” de que dicha muerte, dado
el momento histórico en que se había producido, necesariamente debió
haber sido un homicidio, descartando sí, la “tesis del envenenamiento”.

Decía
el juez Madrid que, ante la sospecha de la familia principalmente
dirigida por una de sus hijas, D. Carmen Frei, de que su padre había
sido asesinado por la “dictadura”, que dicha “presunción” debía ser
cierta porque había muerto justamente en dicho período, porque se había
transformado en “opositor” al Gobierno militar (originalmente lo pidió,
lo apoyó y lo justificó con la carta a Mariano Rumor) y porque el ex
Mandatario había sido objeto de seguimiento y escuchas telefónicas. Es
decir, NO TENÍA PRUEBAS, sino que él, por la sola omnipresencia jurídica
que el cargo le confiere, está en condiciones de decidir más de 35 años
después que SU PRESUNCIÓN por “el ambiente” era que necesariamente
había ocurrido un magnicidio y no una muerte producto de una grave
complicación médica.

Viene
entonces, la sentencia de segunda instancia de la I. Corte de
Apelaciones, a poner en su justa medida un proceso que el juez Madrid
llevó por QUINCE AÑOS y en el cual NUNCA llegó a tener alguna prueba
cierta que sustentara su imprudente fallo. Imprudente, porque valoró más
el supuesto entorno (que por lo demás han ayudado a crear el propio
Poder Judicial y gran parte del periodismo con el gentil auspicio del
zurderío) más que lo que la justicia señala, cual es, que se es culpable
por la prueba o por PRESUNCIONES FUNDADAS que surgen de las pruebas y
no solo por la mera elucubración jurídica. Es de esperar que la Iltma.
Corte Suprema ratifique el fallo de segunda instancia y en definitiva en
nuestro país vuelva a reinar el Estado de Derecho, el que entre otras
cosas impide “ARMAR SENTENCIAS A LA PINTA”.

Lo
preocupante, surge de las declaraciones públicas del abogado Fouilloux,
representante de la familia, publicadas en El Mostrador, quien señala
que han existido en nuestra Patria, dos formas de sentenciar delitos:
los delitos comunes y los denominados “de lesa humanidad”. “El 99% de
las causas de derechos humanos condenatorias, que se han construido en
base de presunciones judiciales” y por tanto, señala que la Novena Sala
está equivocada porque no sigue dicha, a mi juicio farsa jurídica, forma
de juzgar esos supuestos delitos.

Es
decir, amigas y amigos míos, el abogado de la familia Frei, que busca
que se dictamine que el ex Presidente fue asesinado, murió supuestamente
“asesinado” no porque existan pruebas que así lo determinen (lo que ya
ha sido demostrado latamente en el proceso y las dos sentencias hasta el
momento de que NO EXISTEN), sino que debe ser juzgado por el CONTEXTO
que justamente fue creado por aquellos que han abusado durante las
últimas décadas del “método” y que le han significado la perdida de
cuantiosas sumas de dinero a nuestro erario nacional, dineros que han
aumentado las cuentas corrientes de más de algún profesional del derecho
privado.

Lamentable y una vergüenza.

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