La posibilidad de redactar una nueva Constitución, podría ser una oportunidad para establecer una Constitución Ecológica.
Con
esto me refiero a una Carta Magna que contendría dentro de sus ejes
principales, la idea de una efectiva protección del medio ambiente.
Asegurando así la permeabilidad e influencia, de estos cimientos
“verdes”, a todo el sistema político y legal de la Nación.
En
aquel sentido, la Constitución debería contener conceptos que
construyan el nuevo paradigma, dirigido hacia una lógica circular.
Lógica, que debe ir en el sentido de la conservación del medio ambiente y
la armonía entre sociedad y naturaleza. Estas creencias adquieren
validez, si consideramos la crisis climática y ecológica que enfrenta el
planeta.
La
proposición constitucional, deberá incluir los principios, elementos,
derechos y deberes, que nos guíen en el mencionado rumbo.
La
nueva Constitución debería contemplar una definición amplia de medio
ambiente, estableciendo definiciones de conceptos científicos
ambientales, actualizados y de vanguardia. Integrando nociones como por
ejemplo, los ecosistemas, la naturaleza, el territorio, la
biodiversidad, entre otros. En la configuración de estas nociones, deben
participar las personas de ciencia y no solo abogados. Para luego a
través de marcos amplios, ir como sociedad, fijando la forma en que
serán protegidos estos elementos, como se asegurara la existencia de sus
componentes, su mantenimiento, las estructuras, los procesos, sus
funciones y productos.
Trazando
y demarcando estas visiones, podremos avanzar hacia una
institucionalidad que responda a las concepciones e intereses de la
nueva sociedad.
Una
vía interesante, que se ha propuesto, es la que implica el
reconocimiento del territorio nacional como un patrimonio ambiental. Lo
que podría generar conciencia en los habitantes para valorar lo
ambiental como una universalidad jurídica que nos pertenece a todos.
Desde ese punto de partida, correspondería establecer los mecanismos que
aseguren el disfrute, la participación y el acceso al patrimonio
ambiental común, que a su vez ayuden a priorizar sus usos, lo que como
consecuencia generaría equidad y eficiencia. En relación a la misma
noción, crear una gobernanza ambiental con mecanismos e instituciones
que salvaguarden el mencionado patrimonio y permitan su uso sustentable.
Sin
perjuicio de estas líneas, resulta necesario mencionar que “el papel
aguanta todo”. Me refiero a que la sola inclusión de un mayor número de
palabras a la Constitución, no asegura el necesario cambio de paradigma
entorno al medio ambiente y a su protección. Esto último solo podrá
alcanzarse a través de educación ambiental y transferencia de
conocimiento a todos los agentes de la sociedad.
Para
cerrar, solo queda tener presente la inseparable relación entre
naturaleza y seres humanos, relación de completa dependencia. Nosotros
la necesitamos a ella, no ella a nosotros.