Acogen demanda contra Colegio de Profesores por vulneración de derechos

Ayer, en el Juzgado de Letras del Trabajo, se conoció el fallo contra del Colegio de Profesores de Chile A.G., por vulneración de derechos y menoscabo laboral.
La denuncia fue realizada  por la directora del Jardín Infantil Gabriela Mistral, María Marcela Muñoz Villarroel en contra de la sostenedora del recinto educacional, representado por la Presidenta Regional del Colegio de Profesores Flor Oyarzo.
En él la jueza titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas, Claudia Ortiz Quinteros acogió la denuncia por vulneración de derechos fundamentales consagrados por los artículos 19 N° 1 y 4 de la Constitución Política de la República, respecto de la trabajadora María Marcela Muñoz Villarroel.
Se dictaminó que la denunciada debe cesar de inmediato la conducta lesiva, respecto de la trabajadora individualizada,  bajo apercibimiento de multa por un monto de 100 UTM (4 millones 319 mil 800 pesos).
Que el Colegio de Profesores De Chile A.G., reparar los perjuicios causados a la trabajadora con las siguientes medidas:
a) El  Colegio de Profesores de Chile A.G., a través de la presidenta del Colegio Regional de Profesores, pedirá disculpas públicas a la Sra. María Marcela Muñoz Villarroel ante la comunidad educativa del Jardín Infantil Gabriela Mistral, bajo apercibimiento de multa de 100U.T.M, en reunión convocada oficialmente para ese efecto el lunes 2 de marzo de 2015 en el horario que  el denunciado determine.
b) Los miembros de la Directiva del  Colegio Regional de Profesores, el personal del Jardín Infantil Gabriela Mistral y el personal administrativo del señalado colegio, asistirán a una charla sobre Vulneración de Derechos Fundamentales, bajo apercibimiento de multa  100 U.T.M., que tendrá lugar en dependencias del recinto educacional de autos, dictada por un funcionario de la Inspección del Trabajo de Punta  Arenas, lo que tendrá lugar en el plazo comprendido entre el 1° y el 31 de marzo de 2015, debiendo las partes coordinar entre ellas la fecha y horario de la actividad.
En el fallo también se ordena que se remita copia de la sentencia definitiva a la Dirección del Trabajo para su registro.

Contenido relacionado

Envíanos tu denuncia o información AVISOS ECONÓMICOS