Altas indemnizaciones de ENAP fueron fruto de juicios laborales

El
Sindicato de Profesionales de ENAP Magallanes afirmó ayer que los dos
profesionales mencionados en la investigación de la Contraloría por
altas indemnizaciones en la estatal, obtuvieron tales montos luego de un
juicio laboral. “Son profesionales de más de 30 años de trayectoria,
que por decisiones de la administración de turno fueron desvinculados, y
en su legitimo derecho recurrieron ante los tribunales, los cuales
fallaron a su favor con el recargo correspondiente”, puntualizó.

Agregó
que las instituciones del Estado deben cumplir con su labor
fiscalizadora y ante tal solicitud los representantes legales de ENAP
deberán realizar los descargos correspondientes, sobretodo para los
casos de menor antigüedad.

Objeciones

La
Contraloría General de la República cuestionó la falta de información
en el pago de millonarias indemnizaciones a una serie de ejecutivos
desvinculados desde la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) en el
período que se extiende desde 2015 hasta el primer semestre de 2017.

El
documento tomó como muestra 10 casos de despidos ocurridos en este
período, entre los cuales se encuentran dos de Magallanes.

Uno
de ellos corresponde a un ejecutivo despedido por necesidades de la
empresa y a quien se le pagó una indemnización por 224 millones de
pesos, luego de 30 años de servicio. En el otro caso, la indemnización
fue de 148 millones de pesos para un funcionario desvinculado también
por la misma razón luego de 30 años de servicio.

Ambos funcionarios
fueron despedidos el 28 de agosto de 2015, utilizando el artículo l61
del Código del Trabajo. La muestra investigada también consigna en
Santiago, montos pagados por hasta 30 millones de pesos por cero año de
servicio.

Conclusiones

El documento de la Contraloría
concluye: “Se verificó que para la totalidad de la muestra de
indemnizaciones pagadas a ejecutivos, no se incluyó en las carpet
as
correspondientes el formulario que debe ser confeccionado por el
Departamento de Personal, denominado “Autorización de Pago”,
incumpliéndose de este modo el procedimiento interno que regula la
materia.

La ausencia también impide identificar a los responsables de la confección del pago y su aprobación.



@PedroEscobar

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