Molestos
por lo que consideran una usurpación de sus derechos a la
autodeterminación, cinco comunidades indígenas le quitaron la
representatividad a quien dice ser el consejero del pueblo Kawésqar.
A
través de un comunicado hecho público ayer, las comunidades Kawésqar
por la Defensa del Mar, Atap, Aswal Lajep, Residentes en Río Primero y
Grupos Familiares Nómades del Mar denunciaron lo que califican como
“innumerables irregularidades que se han llevado en nombre de nuestro
Pueblo Kawésqar, por el señor Juan González Caro, que ha hecho uso de un
nombramiento inexistente como consejero”.
Los
firmantes explican que en Magallanes la elección de consejeros fue
solamente desde la perspectiva territorial organizacional y que “no
recae la representatividad en el pueblo, sino que en la comunidad
indígena que elige”. Y agregan que el pueblo Kawésqar está representado
por tres espacios territoriales: Puerto Edén, Puerto Natales y Punta
Arenas.
La
molestia de las comunidades surgió luego que el cuestionado dirigente
pidiera un cambio en la sede regional de la Corporación Nacional de
Desarrollo Indígena (Conadi), pues según señaló no han tenido
acercamiento con la jefa de la entidad, Carolina Avendaño.
Esto
último es desmentido tajantemente por las comunidades que suscriben la
declaración, las cuales manifiestan que “no tenemos inconvenientes con
la actual dirección de Conadi, a cargo de la señora Carolina Avendaño
Hille, ya que ha estado presta a solucionar los problemas de quienes lo
requieran”.
Asimismo,
enumeran una serie de actos en los cuales González Caro los ha
representado ante empresas regionales ligadas a la minería del carbón y
la salmonicultura, tras lo cual le quitan el piso al señalar que este
accionar ha vulnerado los derechos de quienes aún practican la pesca de
subsistencia y navegan por los canales de Magallanes, “como lo hicieran
nuestros antepasados, asimismo los derechos colectivos de todos quienes
tenemos nuestra conexión con el mar y la vivimos. Los hechos descritos
nos han perjudicado como Pueblo Kawésqar en el ejercicio de nuestros
derechos ancestrales, contraviniendo el artículo15, numeral 2, del
Tratado Internacional 169 de la OIT”.
La
misiva del pueblo ancestral concluye que “cualquier acto realizado por
esta persona (Juan González Caro), ya sea declaración pública, acuerdo o
firma de algún documento en nombre de nuestro pueblo, carece
absolutamente de representatividad y validez”.
@JoséBenítez