Cada
año, los contribuyentes, tienen la obligación de declarar sus ingresos
del año anterior (2022). Y conforme cambia la tecnología y las normas,
el reto puede hacerse más complejo.
El seremi de Hacienda, Christian Gallardo, entregó ayer algunos consejos sobre cómo realizar la Operación Renta 2023.
“Esta
operación deberá ser realizada por contribuyentes y trabajadores. El
primer paso es ingresar a la cuenta individual del Servicio de Impuestos
Internos con tu RUT y contraseña en el siguiente enlace, para poder
revisar la información a declarar en el 2023”, dijo.
Asimismo,
el SII, habilitó en su página web distintas secciones donde se puede
informar acerca de los requerimientos según el tipo de contribuyente, ya
sea Personas, Empresas o Intermediarios, para resolver dudas del
proceso.
El
SII contempla declaraciones juradas que deben realizar los
contribuyentes, como, por ejemplo, ingresos que se perciben o tipos de
movimientos que se generaron, para luego completar el Formulario 22 para
pagar el impuesto respectivo.
Gallardo
indicó: “Los contribuyentes de primera categoría de la ley sobre
impuesto a la renta deben declarar siempre el Formulario 22, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 65, pues esta obligación no está
relacionada con tener o no movimiento.”
–¿Cómo revisar el tipo de declaración que corresponde?
“Es
el Servicio de Impuestos Internos (SII) quien debe validar el proceso
de renta, para personas naturales y empresas. Para poder revisar en
detalle los contribuyentes deben de seguir los siguientes pasos:
• Ingresar a la página web del Servicio de Impuestos Internos.
• Dirigirse a servicios online.
• Hacer clic en declaración de renta.
• Ir a consulta y seguimiento.
• Luego apretar, Información de sus ingresos, agentes retenedores y otros.
• Se necesita ingresar con RUT y clave.
• Seleccionar el año que se quiere revisar.
•
Luego, se desplegarán las declaraciones juradas, ingresos a los
formularios 29, los PPM (Pagos Provisionales), compras de activos y todo
lo que corresponda a las actividades del usuario.
-¿Quiénes deben participar en la Operación Renta?
“Deben
participar en la Operación Renta, todos aquellos que iniciaron
actividad en el Servicio de Impuestos Internos como: empresas, personas
naturales, sociedades u otras que cumplan con el requisito de contar con
el detalle de las rentas percibidas o pagadas durante el año anterior a
la declaración, es decir, año 2022, por ejemplo:
• Trabajaron a honorarios y quieres optar a la cobertura total o parcial para tus cotizaciones previsionales.
• Quienes tuvieron un ingreso anual superior a $9.907.434, salvo que corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador.
• Quienes tuvieron más de un empleador.
•
Realizaron el tercer retiro voluntario del 10% acumulado en una AFP, de
acuerdo a lo establecido en la Ley N° 21.295, y tienen un ingreso
superior tributable a $22.016.520 (30 UTA).
•
Si se pagó el monto total del Préstamo Solidario que solicitaste en
2020 y/o 2021, debes realizar tu declaración de renta si se tuvo
retenciones
adicionales en tu sueldo o boleta de honorarios, para solicitar la devolución de excedentes.
•
Si se solicitó el préstamo solidario y/o 2021, ya que en esta operación
Renta se calcula y paga cuota correspondiente al 30% y 10% del como
solicitado, respectivamente.
Además,
el seremi indicó que “quedan eximidos de esta obligación quienes
obtengan sus rentas como trabajador dependiente o pensiones, ya que
ellos cumplen su obligación de manera mensual al momento en que su
empleador o pagador les retiene el impuesto único de segunda categoría, a
no ser que deseen utilizar alguna franquicia tributaria a su favor”.