Constituyente de Magallanes destacó las primeras normas aprobadas en comisiones

El
lunes 7 de febrero se aprobaron las primeras normas en particular en
las comisiones sobre Forma de Estado (20 artículos) y la de Sistemas de
Justicia (4 artículos).

Estas
normas deberán ser presentadas al pleno en los próximos días. Si son
aprobados por dos tercios serán parte del proyecto de Nueva
Constitución.

Ante dichas aprobaciones, la constituyente de Magallanes Elisa Giustinianovich expresó estar conforme con la votación.

“Estamos
muy satisfechas y expectantes por lo aprobado en particular hoy en la
Comisión de Formas de Estado. Ha sido un trabajo muy diligente,
transversal, conversado, de mucha escucha en todos los rincones del país
y que recoge las demandas históricas de descentralización y auto
gobierno y que hoy adquiere la forma de un Estado Regional,
Plurinacional e Intercultural. La propuesta del Estado Regional
Autonómico busca poner fin a siglos de una pesada tradición autoritaria y
tutelada basada en la concentración del poder político en un único
centro, herencia que configuró el Estado sobre la base de una lógica
militar, de dividir y ordenar la administración no democrática de
personas”, dijo Giustinianovich.

La
constituyente agregó que “el Estado Regional Autonómico no es un Estado
que se desmembra; se resguarda la integridad e indivisibilidad, si no
que parte de la siguiente premisa: el poder público de los pueblos se
distribuye democráticamente en el territorio, a través de la
multiplicación de los centros de discusión política denominados
‘entidades territoriales’. Ésa es la clave del Estado Regional. Son
entidades que gozan de autonomía, potestades de autogobierno, órganos de
participación popular y democrática. Son entidades que se relacionan
sobre la base de principios de solidaridad, cooperación, reciprocidad y
apoyo mutuo, en un marco de integridad e indivisibilidad territorial del
Estado”.

Finalmente,
Giustinianovich, dijo que “estas entidades territoriales que se
reconocen en la propuesta son las regiones autónomas, las comunas
autónomas y las autonomías territoriales indígenas, estas últimas,
expresión institucional del derecho colectivo de libre determinación de
los
pueblos y naciones preexistentes al Estado. ”.

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